dc.contributorGaitán Pardo, Jorge
dc.creatorBernal Sanint, Paula
dc.creatorNoriega Cárdenas, Juan Sebastián
dc.date2021-07-16T15:13:31Z
dc.date2023-05-11T19:31:55Z
dc.date2021-07-16T15:13:31Z
dc.date2023-05-11T19:31:55Z
dc.date2010
dc.date.accessioned2023-08-24T01:22:29Z
dc.date.available2023-08-24T01:22:29Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12032/116044
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8396850
dc.descriptionEl principio de precaución, cuyo desarrollo en el derecho colombiano es aún incipiente, obliga a hacer una revisión cuidadosa de los riesgos que algunas actividades o productos pueden generar, cuando quiera que ellos afecten la vida humana, la salud o el medio ambiente. La aplicación de este principio puede implicar la prohibición de comercialización de un producto o de realización de una actividad, sin existir certeza científica que permita medir el riesgo, en aquellos eventos en los que los daños eventuales son de tal magnitud que no puede permitirse su ocurrencia.
dc.formatPDF
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectPrincipio de precaución
dc.titlePrincipio de precaución
dc.coverageColombia


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