dc.contributorRodríguez Freire, Boanerges Renier
dc.creatorVeintemilla Faytong, Carlos Andrés
dc.date2016-11-25T17:44:30Z
dc.date2016-11-25T17:44:30Z
dc.date2016-08-26
dc.date.accessioned2023-08-11T16:32:32Z
dc.date.available2023-08-11T16:32:32Z
dc.identifierhttp://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7115
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8231495
dc.descriptionLa tendencia moderna concibe al contrato como un medio para la consecución de los fines de las partes. El programa contractual se agota en la medida en que ambos propósitos se cumplan. En este contexto, el incumplimiento debe ser calificado para que dé lugar a la acción resolutoria. La resolución solo puede ser declarada si el incumplimiento puede ser considerado como “esencial”, esto es, cuando priva sustancialmente a la parte perjudicada de lo que legítimamente podía esperar del contrato. Esta limitación se impone en aras del principio de conservación del contrato que sólo concibe su terminación en caso de que el incumplimiento sea grave o esencial, lo cual se deberá analizar caso por caso.
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Católica de Santiago de Guayaquil
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.subjectDERECHO CIVIL
dc.subjectCONTRATO
dc.subjectINCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
dc.subjectINTERÉS CONTRACTUAL
dc.titleEl incumplimiento esencial de los contratos.
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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