dc.creatorConsejo Nacional de Economía
dc.date2015-07-30T20:34:48Z
dc.date2015-07-30T20:34:48Z
dc.date1960
dc.date.accessioned2023-08-10T20:08:23Z
dc.date.available2023-08-10T20:08:23Z
dc.identifierConsejo Nacional de Economía. Informe del Consejo Nacional de Economía al Honorable Congreso Nacional 1960. Quito. BCE. 1960. 402 p.
dc.identifierhttp://repositorio.bce.ec/handle/32000/1612
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8171045
dc.descriptionMinisterio de Relaciones Exteriores, Gobierno Nacional, Derecho Público.
dc.descriptionEl cumplimiento de la disposición contenida en el Art. 80 e la Constitución Política de la República, me permitió solicitar del Honorable Consejo Nacional de Economía, el dictamen legal correspondiente para dictar, como Decreto Ley de Emergencia, el Proyecto que adjunto a la presente nota, y que tiene por objeto eliminar la diferencia existencia en el cobro de derechos consultores a favor de las Naves de Bandera Nacional y de la Flota Mercante Grancolombiana. Los motivos que justifican la expedición de este Proyecto como Decreto Ley de Emergencia, se servirá encontrarlos en la Exposición de Motivos que me ha sido remitida por le señor Ministro Encargado de la Cartera de Relaciones exteriores…..
dc.formatapplication/pdf
dc.languagees
dc.publisherQuito: Banco Central del Ecuador, 1960
dc.subjectFUNCIÓN EJECUTIVA
dc.subjectBANDERA NACIONAL
dc.subjectBANCO NACIONAL DE FOMENTO
dc.subjectGRAVÁMENES FISCALES
dc.titleInforme del Consejo Nacional de Economía al Honorable Congreso Nacional 1960
dc.typeArticle


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