dc.contributorBenalcázar Alarcón, Patricio
dc.creatorEcuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza
dc.date2016-04-28T16:14:29Z
dc.date2016-04-28T16:14:29Z
dc.date2016-04-26
dc.date.accessioned2023-08-10T19:56:00Z
dc.date.available2023-08-10T19:56:00Z
dc.identifierDefensoría del Pueblo de Ecuador. (2016). Rec. Revisión 040-ADHN-DPE-2016 (Área protegida y derecho a la propiedad - Ministerio del Ambiente de Ecuador) [versión Adobe Reader]. Quito: DPE
dc.identifierREV-DPE-040-2016
dc.identifierhttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1240
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8167631
dc.descriptionSe rechaza la petición de revisión interpuesta por el Sr. José Alberto Naranjo Andrade, Presidente de la la Colonia Isidro Ayora, sobre la Resolución Defensorial N° 002-DPE-DNDCNA-2016-AC, emitida el 2 de febrero de 2016, por la Dirección Nacional de Derechos Colectivos, Naturaleza y Ambiente de la Defensoría del Pueblo de Ecuador, respecto al caso de un grupo de personas propietarias de predios ubicados dentro del área protegida por el Ministerio del Ambiente de Ecuador (MAE) denominada Parque Nacional Llanganates, situado entre las provincias de Cotopaxi, Tungurahua, Pastaza y Napo. Las personas peticionarias solicitaron que sus predios sean desafectados. Se rectifica en parte la Resolución referida y, con la finalidad de tutelar los derechos a la propiedad y de petición, la Defensoría del Pueblo resuelve: 1. Determinar que no se observa vulneración de esos derechos. 2. Recomendar al MAE que socialice la normativa de manejo del Parque Nacional Llanganates. 3. Recomendar a la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo en Pastaza que en casos análogos advierta con claridad las normas de manejo de las áreas protegidas para no generar expectativas respecto a la determinación de linderos. 4. Instar a las partes al cumplimiento de la legislación para alcanzar una convivencia en el marco del respeto a los derechos humanos. 5. Aclarar que la Defensoría del Pueblo no tiene competencia para reconocer el derecho a la propiedad sobre zonas protegidas.
dc.format12 p.
dc.formatapplication/pdf
dc.languageesp
dc.publisherQuito: Defensoría del Pueblo de Ecuador
dc.subjectDERECHO A LA PROPIEDAD
dc.subjectDERECHO DE PETICIÓN
dc.subjectDERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA
dc.subjectPROTECCIÓN AMBIENTAL
dc.subjectPOLÍTICA AMBIENTAL
dc.titleRec. Revisión 040-ADHN-DPE-2016 (Área protegida y derecho a la propiedad - Ministerio del Ambiente de Ecuador)
dc.typeRecurso de revisión


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