dc.creatorEcuador. Defensoría del Pueblo. Delegación Provincial de Napo
dc.creatorLozada Flores, Giomara
dc.date2016-02-01T19:02:22Z
dc.date2016-02-01T19:02:22Z
dc.date2015-12-23
dc.date.accessioned2023-08-10T19:54:47Z
dc.date.available2023-08-10T19:54:47Z
dc.identifierDefensoría del Pueblo de Ecuador. (2015). Resolución N° 48-DPE-DPN-2015 (Derechos sexuales de persona privada de la libertad) [Versión Adobe Reader]. Tena: DPE
dc.identifierNAP-032-2015
dc.identifierhttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1105
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/8166953
dc.descriptionLa peticionaria, persona privada de libertad, denunció la negativa de la autoridad del Centro de Rehabilitación Social de Archidona de permitirle recibir la visita íntima de su pareja. En atención a este caso la Defensoría del Pueblo declaró vulnerados los derechos consagrados en el art. 66. 9 de la Constitución de la República, que hace referencia al derecho a tomar decisiones, libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual. Se sugirió a la Directora del Centro implementar medidas que eviten la vulneración del derechoa la libertad sexual de las personas privadas de la libertad, y se autorice sin trabas la visita conyugal íntima en condiciones adecuadas de privacidad, y salubridad, luego de realizar el trámite pertinente.
dc.format4 p.
dc.formatapplication/pdf
dc.languageesp
dc.publisherTena: Defensoría del Pueblo de Ecuador
dc.subjectDERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
dc.subjectGRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
dc.subjectPERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD
dc.subjectLIBERTAD SEXUAL
dc.titleResolución N° 48-DPE-DPN-2015 (Derechos sexuales de persona privada de la libertad)
dc.typeResolución


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