dc.creatorPeña Gómez, Angélica de la
dc.date2017-06-23
dc.date.accessioned2023-07-25T14:38:55Z
dc.date.available2023-07-25T14:38:55Z
dc.identifierhttp://revista.ibd.senado.gob.mx/index.php/PluralidadyConsenso/article/view/405
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/7804632
dc.descriptionLAS PERSONAS POR SU CONDICIÓN HUMANA SON consideradas titulares de derechos o así debería ser. Sin embargo, el género femenino es el que mayor discriminación sufre. Las mujeres y las niñas no han sido visibilizadas enteramente en el orden jurídico de las diversas sociedades en el mundo, tampoco se han desterrado prácticas discriminatorias en la vivencia de su cotidianeidad. No importa si un sistema jurídico de un Estado está fundado en el derecho romano, common law, religioso, islámico, consuetudinario o socialista, las mujeres formaban parte inherente del pater familias sin personalidad jurídica. Las sociedades y sus sistemas han ido reconociendo los derechos y prerrogativas de los hombres esclavos, pobres, apátridas y diferenciados étnicamente. Las mujeres sin embargo, no gozaron de estos cambios sino hasta que se organizaron y exigieron su reconocimiento. En esas andamos todavía.es-ES
dc.descriptionen-US
dc.formatapplication/pdf
dc.languagespa
dc.publisherInstituto Belisario Domínguezes-ES
dc.relationhttp://revista.ibd.senado.gob.mx/index.php/PluralidadyConsenso/article/view/405/391
dc.sourcePluralidad y Consenso; Vol. 7, Núm. 31 (2017); 110-121es-ES
dc.source2395-8138
dc.subjectes-ES
dc.subjecten-US
dc.titleLas mujeres como sujetas de derechoses-ES
dc.titleen-US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.typees-ES


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