dc.creatorVázquez Correa, Lorena
dc.date2022
dc.date2022-01-27T21:22:05Z
dc.date2022-01-27T21:22:05Z
dc.date2022-01-27
dc.dateEnero
dc.date2022
dc.date.accessioned2023-07-25T14:32:30Z
dc.date.available2023-07-25T14:32:30Z
dc.identifierhttp://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/5509
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/7803769
dc.descriptionEn 2021 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una línea de sentencias donde sostiene que el principio constitucional de paridad de género no se agota en la postulación de las candidaturas, sino que puede transitar a la integración de las legislaturas haciendo ajustes en la asignación de curules por el principio de representación proporcional. ¿Cómo fue posible este cambio, a qué partido le aplicó el nuevo criterio y cómo repercutió en las legislaturas de las entidades federativas? El texto aborda estas preguntas a partir de tres sentencias donde el TEPJF aplica la paridad en la integración para la Cámara de Diputados y las legislaturas de magnitud impar de diputaciones como Estado de México y San Luis Potosí, respectivamente.
dc.relationMirada Legislativa
dc.relation212
dc.relationLXV
dc.subject
dc.subjectParidad
dc.subjectparidad horizontal
dc.subjectparidad histórica
dc.subjectparidad en integración
dc.subjectparidad en candidaturas
dc.titleParidad en la integración de las legislaturas
dc.typeDocumento de Apoyo


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