dc.contributorAcuña, Fabian
dc.creatorGonzález Montoya, Andrés Felipe
dc.date.accessioned2023-03-13T21:55:03Z
dc.date.accessioned2023-06-12T14:11:21Z
dc.date.available2023-03-13T21:55:03Z
dc.date.available2023-06-12T14:11:21Z
dc.date.created2023-03-13T21:55:03Z
dc.identifierhttps://repository.unad.edu.co/handle/10596/54735
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6655415
dc.description.abstractLa separación de poderes es un principio básico de los estados constitucionales Supremacía constitucional que permea a todo el derecho doméstico compuesto por distintas disposiciones jurídicas en todas las especialidades del derecho, todas las leyes, actos administrativos, las actuaciones del Poder Judicial deberá ser analizada y compatible con la Constitución. Para el correcto funcionamiento del sistema de división de poderes se estableció el modelo constitucional de los frenos y contrapesos con el fin de evitar posibles excesos, evadiendo injerencias y choques. Sin embargo, el diseño institucional (cimentado en la separación de poderes) merece ser revisado, modificado, ajustado de acuerdo a las necesidades y dramas de nuestra época. Este trabajo se encarga de estudiar: - la división de poderes desde el origen y sus fundamentos, - el principio de separación de poderes; - problemáticas del funcionamiento del sistema de los frenos y contrapesos en Colombia. - se evaluarán las problemáticas del sistema. - propuestas que podrían ayudar a zanjar la discusión acerca de cómo atenuar de la existencia de una crisis de la separación de poderes hegemónica y tradicional, Esta investigación se realiza a partir del estudio de algunas vivencias presentes en la región, particularmente, a inicios del siglo XXI, en países como México, Perú, Brasil, y Venezuela; con personal detenimiento en las problemáticas más agudas en Colombia, en el caso de instituciones públicas como el Congreso de la República, la Corte Constitucional, y la Presidencia de República. Contexto y origen de la división de poderes: La primera forma conocida de organización del Estado que incluía la división de poderes fue la declarada en el siglo II A/C por Polibio (WALBANK, 1957), escritor grecorromano, en la que se señalaba que la Monarquía, la Aristocracia y la República debían confluir entre sí en un mismo Estado, permitiendo el fortalecimiento institucional, debido a que ninguna de las tres formas de poder prevalecería sobre las otras. De la división de poderes, hay tres autores que por sus planteamientos y teorías se han destacado como los precursores, padres y maestros de esta: Locke, Montesquieu y Rousseau. El primero de ellos en realizar un planteamiento sobre la división de poderes fue John Locke, quien hacia 1690 señaló la necesidad de limitar el accionar de los poderes del Parlamento y del Rey a través de la institución del tercer poder, el cual sería independiente, autónomo e imparcial: “una ley establecida, fija y conocida, un juez público e imparcial. Montesquieu “En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil Por último, Rousseau propuso instrumentos concretos de gobierno a través de su obra “Contrato Social” Así, el concepto de voluntad general asume el papel de instancia legitimante del Estado sobre la voluntad particular de los dirigentes cualquiera que sea el tipo de Estado. (Rousseau, 1762) El principio de frenos y contrapesos Como puede observarse, la teoría de la división de poderes fue diseñada para organizar los poderes del Estado y dividirlos en especialidades con el objetivo de optimizar y viabilizar la estructura del Estado. Empero, el sistema de frenos y contrapesos es aquel que, según Hamilton, Madison, y Jay, permite un sistema de control, y dota de límites constitucionales a las ramas del poder para evitar posibles choques o conflictos entre estas estructuras de poder. Ahora bien, se presentan dos dilemas. Por un lado, la división de poderes cuando actúa exitosamente previene un Estado absoluto. El sistema de frenos y contrapesos en exageración puede paralizar la actividad del Estado. Resulta necesario, también, abordar la cuestión de “los jugadores con veto” de Tsebelis (2006) para entender la estabilidad política y las relaciones e interacciones entre los poderes públicos en el marco de una constitución, especialmente, la relación y el rol del Poder Judicial con el Poder Legislativo, Asume, entonces, que los jugadores con veto tienen la capacidad de tomar decisiones políticas con el objetivo de transformar o cambiar el status quo. Dado que, estos actores políticos son influyentes propuestas • Cambio en la elección de cortes • Tribunal de aforados • Lobby y cupos indicativos reglamentados • Decisiones de Corte Constitucional por consenso • Cuerpo de administración presupuestal independiente • Reforma al Congreso
dc.titleEstudio y análisis del Sistema de División de Poderes y el Principio de Frenos y Contrapesos, para la formulación de una propuesta de reforma de equilibrio de poderes en Colombia.
dc.typeMonografia


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