dc.contributorPacheco Villar, Vicente Eduardo
dc.creatorAndia Jurado, Nathaly Rosario
dc.creatorRamos Delgado, Percy Junior
dc.date.accessioned2022-05-20T14:28:28Z
dc.date.available2022-05-20T14:28:28Z
dc.date.created2022-05-20T14:28:28Z
dc.date.issued2022-04-22
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.14308/3745
dc.identifierhttps://doi.org/10.59590/upsjb/fd.derecho/tesis/3745
dc.description.abstractEn nuestro país el catálogo de derechos es muy amplio, sin embargo, consideramos que dentro de la actividad humana se imponen el derecho al ahorro, al crédito y a la remuneración, todos ellos giran alrededor de relaciones acreedor-deudor pues cada una de ellas genera u origina una obligación entre las partes que la integran. En ese entendido el legislador procuró brindar protección a la remuneración que un trabajador recibe como contraprestación a sus servicios, dotando a esta de un carácter inembargable, en el entendido de que la remuneración asegura la supervivencia no solo del trabajador sino también de su familia. Si bien es cierto ello constituye una loable intención, esta también el derecho de aquel acreedor que, ante la indiferencia del deudor respecto al cumplimiento de su obligación al pago, necesita acudir a instancias judiciales en busca de tutela jurisdiccional efectiva mediante el uso de las diversas herramientas legales a las que este habilitado. Es aquí cuando confluye un tercer punto referido a las cuentas de ahorro que los empleadores utilizan para abonar las remuneraciones de sus trabajadores en las empresas financieras del sistema nacional, las mismas que reciben la denominación de “cuentas sueldo o remuneraciones”, lo que ha traído consigo un debate acerca de si aquellas cuentas tienen o no un carácter remunerativo, pues pese a contar con ese nombre no tienen una calificación legal que así lo disponga, por lo que bien podría tener una doble interpretación: por un lado considerarse como una cuenta de ahorro corriente y por tanto plausible de ser embargada por obligaciones pendientes de pago y, por otro lado, considerarse protegida por la inembargabilidad de las remuneraciones a que hace alusión nuestro ordenamiento procesal civil. Nuestra intención es estudiar la embargabilidad de la cuenta sueldo, para responder por obligaciones incumplidas, específicamente dentro del tercer juzgado de paz letrado de Ica.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Privada San Juan Bautista
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United States
dc.sourceUniversidad Privada San Juan Bautista
dc.sourceRepositorio institucional - UPSJB
dc.subjectRemuneración
dc.subjectCuenta sueldo
dc.subjectAhorro
dc.subjectCrédito
dc.subjectTutela jurisdiccional efectiva
dc.subjectCalificación legal
dc.subjectEmbargo
dc.titleLa embargabilidad de la cuenta sueldo como medio para asegurar el cumplimiento de obligaciones impagas en el tercer juzgado de paz letrado de la Corte Superior de Justicia de Ica, año 2019
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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