dc.contributor | Bermudez Tapia, Manuel Alexis | |
dc.creator | Descalzo Saldaña, Ernesto David | |
dc.date.accessioned | 2023-05-29T21:45:00Z | |
dc.date.accessioned | 2023-06-05T13:50:53Z | |
dc.date.available | 2023-05-29T21:45:00Z | |
dc.date.available | 2023-06-05T13:50:53Z | |
dc.date.created | 2023-05-29T21:45:00Z | |
dc.date.issued | 2023-04-27 | |
dc.identifier | https://hdl.handle.net/20.500.14308/4749 | |
dc.identifier.uri | https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6633460 | |
dc.description.abstract | El presente estudio tiene como objeto de investigación la “Evaluación del
procedimiento administrativo disciplinario en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio
Civil - Servir”; por lo que, el propósito dogmático ha sido determinar: a) una
conclusión a dicha evaluación; b) las funciones que cumple el secretario técnico
en el procedimiento administrativo disciplinario y c) la relación entre la
administración pública con el Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD)
en la Ley Servir.
De acuerdo a las hipótesis descritas en la presente investigación se aprecia: a)
La posible modificación del artículo 85° de la Ley Servir; b) A las funciones ya
reguladas de la Secretaría Técnica debería añadirse una función (Elaborar un
manual de tipificación de sanciones para el servidor público) y c) existiría una
relación entre la administración pública y el PAD.
Ahora bien, en el marco metodológico, se requirió la extracción de bibliografía
general y especializada, así como también, la documentación administrativa y
legal para la debida descripción del marco teórico teniendo como categorías:
Estado, Administración Pública, Procedimiento Administrativo Sancionador–
PAD. Es decir, la metodología utilizada fue de tipo básica, con enfoque
cualitativo, basado en el estudio de caso, aplicando el método inductivo y
exegético con diseño de estudio de caso.
En conclusión, se confirman las hipótesis en virtud del cual se señala:
1) A la evaluación del PAD en la Ley SERVIR se indica lo siguiente:
a) Modificar del artículo 85° de la Ley Servir por la utilidad de tener tipificado el
supuesto “no realizar la entrega de informe de gestión y/o entrega de cargo del
puesto que venía ocupando”;
b) Se dio relevancia al secretario técnico y las funciones que desempeña, dando
como resultado añadir una función a dicha parte administrativa;
2) En la doctrina se evidenció la relación directa de la administración pública con
el PAD, ya que al mejorar la tipificación de sanciones se da una menor incidencia
en los procesos disciplinarios. | |
dc.language | spa | |
dc.publisher | Universidad Privada San Juan Bautista | |
dc.publisher | PE | |
dc.rights | https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.subject | Estado | |
dc.subject | Administración pública | |
dc.subject | Procedimiento administrativo disciplinario | |
dc.subject | Secretario técnico | |
dc.title | Evaluación del procedimiento administrativo disciplinario en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil-Servir | |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | |