dc.contributorBermudez Tapia, Manuel Alexis
dc.creatorDescalzo Saldaña, Ernesto David
dc.date.accessioned2023-05-29T21:45:00Z
dc.date.accessioned2023-06-05T13:50:53Z
dc.date.available2023-05-29T21:45:00Z
dc.date.available2023-06-05T13:50:53Z
dc.date.created2023-05-29T21:45:00Z
dc.date.issued2023-04-27
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.14308/4749
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6633460
dc.description.abstractEl presente estudio tiene como objeto de investigación la “Evaluación del procedimiento administrativo disciplinario en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil - Servir”; por lo que, el propósito dogmático ha sido determinar: a) una conclusión a dicha evaluación; b) las funciones que cumple el secretario técnico en el procedimiento administrativo disciplinario y c) la relación entre la administración pública con el Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD) en la Ley Servir. De acuerdo a las hipótesis descritas en la presente investigación se aprecia: a) La posible modificación del artículo 85° de la Ley Servir; b) A las funciones ya reguladas de la Secretaría Técnica debería añadirse una función (Elaborar un manual de tipificación de sanciones para el servidor público) y c) existiría una relación entre la administración pública y el PAD. Ahora bien, en el marco metodológico, se requirió la extracción de bibliografía general y especializada, así como también, la documentación administrativa y legal para la debida descripción del marco teórico teniendo como categorías: Estado, Administración Pública, Procedimiento Administrativo Sancionador– PAD. Es decir, la metodología utilizada fue de tipo básica, con enfoque cualitativo, basado en el estudio de caso, aplicando el método inductivo y exegético con diseño de estudio de caso. En conclusión, se confirman las hipótesis en virtud del cual se señala: 1) A la evaluación del PAD en la Ley SERVIR se indica lo siguiente: a) Modificar del artículo 85° de la Ley Servir por la utilidad de tener tipificado el supuesto “no realizar la entrega de informe de gestión y/o entrega de cargo del puesto que venía ocupando”; b) Se dio relevancia al secretario técnico y las funciones que desempeña, dando como resultado añadir una función a dicha parte administrativa; 2) En la doctrina se evidenció la relación directa de la administración pública con el PAD, ya que al mejorar la tipificación de sanciones se da una menor incidencia en los procesos disciplinarios.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Privada San Juan Bautista
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectEstado
dc.subjectAdministración pública
dc.subjectProcedimiento administrativo disciplinario
dc.subjectSecretario técnico
dc.titleEvaluación del procedimiento administrativo disciplinario en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil-Servir
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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