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Principios jurídicos doctrinarios que sustentan la punibilidad de los administradores de hecho de las personas jurídicas, para incluirlos en el articulo 27 del Código Penal Peruano
Autor
Arroyo Gerónimo, Fany Karina
Arroyo Gerónimo, Fany Karina
Institución
Resumen
El incremento de la complejidad del sistema social moderno ha mostrado una
mayor intervención de los sistemas organizacionales empresariales en la
sociedad. La intervención de éstos nuevos partícipes en las personas jurídicas,
evidencia que el sistema social está reconfigurando sus estructuras.
El Artículo 27 del Código Penal, establece la punibilidad de la actuación en
nombre de otro, como en el caso de una persona jurídica el que actúa como
órgano de representación autorizado o como socio representante autorizado
de una sociedad y realiza el tipo legal de un delito es responsable como autor,
aunque los elementos especiales que fundamentan la penalidad de este tipo
no concurran en él, pero si en la representada. Pero la conducta delictiva de
las personas jurídicas no solo es realizada por estos sujetos, sino que las
empresas utilizan a los administrados de hecho y a los apoderados de dichas
empresas a fin de evadir la responsabilidad penal, y a efectos de que la
responsabilidad penal de estos no quede impune. Los problemas jurídicos
penales que se han presentado en el Estado, ponen en tapete la insuficiencia
de los mecanismos de imputación,
La actuación en lugar de otro sirve para cubrir los vacíos de punibilidad que se
presentan en los delitos especiales cometidos por representantes tanto de
personas jurídicas como de personas naturales, incluso autores consideran que
su ámbito de aplicación podría ampliarse a los sujetos que actúan fácticamente
en el lugar de otro, aun cuando no exista propiamente una relación de
representación legal o voluntaria; es justamente a tal consideración a la que
está llegando en la presente tesis incluir a aquellos representantes que sin
tener una representación formal, deben ser incluidos en el artículo 27 del
código penal peruano, a efectos de tener responsabilidad penal, con esto se
estaría resolviendo este problema, gracias a la ayuda de los principios
doctrinarios que fundamentan la responsabilidad penal de los administradores
de hecho, y su sanción penal acorde con un Estado Social y Democrático. The increasing complexity of modern social system has shown greater
involvement of business organizational systems in society. The involvement of
these new partners in legal entities, evidence that the social system is
reshaping its structures.
Article 27 of the Criminal Code establishes criminal liability for acting on behalf
of another , as in the case of a legal person who acts as a representative body
authorized partner or authorized representative of a company and carries out
the statutory rate of crime He is responsible as author, although special issues
underpin the penalty of this kind do not concur in it, but if you represented . But
criminal behavior of legal persons is not only performed by these subjects, but
that companies use to managed fact and managers of these companies in order
to evade criminal responsibility, and for the purposes of criminal liability of these
non It goes unpunished. Criminal legal problems that have arisen in the state,
put into sharp focus the failure of the mechanisms for charging ,
It acting instead used to fill gaps in punishable served on special crimes
committed by representatives of both legal persons and natural persons,
including authors consider that its scope could be extended to the agents
operating in factually instead, even when there is no actual relationship of legal
or voluntary representation ; it is precisely this consideration which is coming in
this thesis include those representatives without formal representation , they
should be included in Article 27 of the Peruvian Penal Code, in order to have
criminal responsibility, this would solve this problem, thanks to the help of the
doctrinal principles underlying the criminal liability of directors in fact, and
criminal sanction in accordance with a social and democratic state