dc.contributor | VEGAS GALLO, EDWIN AGUSTÍN | |
dc.contributor | Universidad Peruana de Ciencias e Informática. Facultad de Derecho | |
dc.creator | BERAUN ALIAGA, HEZZEL ROCIO | |
dc.date.accessioned | 2022-12-01T17:49:12Z | |
dc.date.accessioned | 2023-06-02T18:13:55Z | |
dc.date.available | 2022-12-01T17:49:12Z | |
dc.date.available | 2023-06-02T18:13:55Z | |
dc.date.created | 2022-12-01T17:49:12Z | |
dc.date.issued | 2022-12-01 | |
dc.identifier | http://repositorio.upci.edu.pe/handle/upci/707 | |
dc.identifier.uri | https://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6599375 | |
dc.description.abstract | Que, conforme a nuestro vigente marco normativo, sabemos que existen dos grandes instituciones referentes a la filiación, una de ellas se encuentra plasmada en la filiación matrimonial, la misma que como su nombre lo indica, es la que nace respecto de los hijos que son procreados y nacidos dentro de la institución del matrimonio,1 este pensamiento se ha desarrollado en nuestra legislación desde el pensamiento romano de la familia; consecuentemente y conforme lo ha establecido el legislador en el vigente código civil, las referencias a este tipo de filiación las encontramos detalladas en los numerales 361° y 375° del referido cuerpo normativo, en donde se precisa que serán considerados hijos matrimoniales los nacidos durante el matrimonio o dentro de los 300 días calendario posteriores a la disolución del vínculo matrimonial, dejando establecida una precisa excepción a esta regla, la misma que se circunscribe a la declaración que la madre realice sobre el particular negando la paternidad del ex marido; sin embargo, debemos de precisar sobre el particular que conforme a las formalidades del artículo 375° del código civil, el parentesco que sobrevenga como consecuencia del matrimonio, se probará con el documento idóneo que así lo acredite o con la partida de nacimiento respectiva, en ese sentido y no bastar la partida de nacimiento o en el caso de nulidad de paternidad, mediante proceso judicial debidamente instituido y previa la exhibición de la documentación pertinente y de la práctica de la pericia de ADN, el vínculo filial será declarado mediante resolución judicial debidamente motivada.2 | |
dc.language | spa | |
dc.publisher | Universidad Peruana de Ciencias e Informática (UPCI) | |
dc.publisher | PE | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.subject | derecho | |
dc.title | ANÁLISIS DE LAS CAUSALES DE NULIDAD DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL | |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | |