dc.contributorLuque Chuquija, Euclides Walter
dc.creatorCarlos Burga, Jordin
dc.date.accessioned2022-09-15T20:26:35Z
dc.date.accessioned2023-02-11T18:37:25Z
dc.date.accessioned2023-06-02T17:23:19Z
dc.date.available2022-09-15T20:26:35Z
dc.date.available2023-02-11T18:37:25Z
dc.date.available2023-06-02T17:23:19Z
dc.date.created2022-09-15T20:26:35Z
dc.date.created2023-02-11T18:37:25Z
dc.date.issued2022
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.14077/2848
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6597560
dc.description.abstractLa investigación desarrollada, se titula el “Proceso inmediato” y “principio de celeridad procesal”, en los “delitos de omisión de asistencia familiar”, juzgado penal unipersonal Chachapoyas, 2019”, que estuvo enmarcado en determinar si el “proceso inmediato” vulnera el “principio de celeridad procesal” en los “delitos de omisión de asistencia familiar” en el juzgado penal unipersonal de Chachapoyas, 2019. El Decreto Legislativo 1194, del 30 de agosto de 2015, modifica el artículo 446° del código procesal penal, en la misma que se incorpora el numeral 4, a regularse como proceso inmediato para los “delitos de omisión de asistencia familiar”; por ende, el proceso inmediato está marcado por ser célere, pero la referida celeridad en la investigación se ha llegado a establecer que se vulnera el “principio de celeridad procesal”, pese a que el modelo procesal penal acusatorio-garantista adoptado por el Perú, ostenta el espíritu jurídico caracterizado por la celeridad procesal en el marco del respeto del derecho constitucional procesal del debido proceso. La metodología empleada fue el método deductivo-argumentativo y la muestra estuvo compuesta por el 10% casos seguidos por el delito de “omisión a la asistencia familiar”, de nivel de investigación descriptivo, por haberse descrito la realidad tal como se presentó en los casos estudiados y explicativo por hallar las causales que vulneraron el “principio de celeridad procesal” y se concretó con el análisis documental como técnica y la ficha de recojo documental como instrumento; que de manera objetiva se determina que el “proceso inmediato” si vulnera el principio de “celeridad procesal” en los delitos de “omisión de asistencia familiar” al no proteger el derecho alimentario del agraviado.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsAtribución-NoComercial 4.0 Internacional
dc.subjectProceso inmediato
dc.subjectCeleridad procesal
dc.subjectProtección del derecho alimentario
dc.titleProceso inmediato y principio de celeridad procesal en los delitos de omisión de asistencia familiar, Juzgado Penal Unipersonales Chachapoyas, 2019
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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