dc.contributorOrellana Vicuña, Rosmery Marielena
dc.creatorOlivera Montero, Irma Rosa
dc.date.accessioned2019-09-10T14:26:43Z
dc.date.accessioned2023-06-02T14:44:03Z
dc.date.available2019-09-10T14:26:43Z
dc.date.available2023-06-02T14:44:03Z
dc.date.created2019-09-10T14:26:43Z
dc.date.issued2019
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.13084/3570
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6572326
dc.description.abstractEsta investigación tiene por objetivo general explicar de qué manera se da la vulneración al derecho sucesorio por acta de nacimiento con errores y omisión. En algunos casos, cuando el acta de nacimiento del recién nacido posee errores y omisiones, no es aceptada para la obtención del DNI. En los departamentos de atención de las agencias del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), por cuanto el acta de nacimiento es observado y deberá ser corregido mediante el procedimiento de rectificación por parte de la administración judicial, para que con posterioridad se proceda a obtener el documento nacional de identidad, razón por la cual el objetivo programado en la presente investigación es explicar de manera concreta como se ha vulnerado el derecho a la identidad cuando el acta de nacimiento de origen presenta errores y omisión por las inobservancias y/o negligencias incursas en los Registros Civiles de las Municipalidades, por lo que se tiene que recurrir a procesos de rectificación que ocasionan grandes perjuicios económicos y de tiempo en el titular del acta, específicamente en aquellas rectificaciones que no han sido admitidas a trámite administrativo ante los registros civiles o ante la RENIEC, ni notarialmente. Para los objetivos específicos, se debe identificar los errores materiales y falta de diligencia del personal administrativo en la emisión de las actas de nacimiento, debiéndose explicar porque en un acta de nacimiento se ha cometido errores y omisiones y que como consecuencia de ello no será admitida a trámite en RENIEC o contrario sensu al admitirse con errores y omisiones estas a futuro desencadenan la vulneración del derecho sucesorio, requiriendo necesariamente un proceso judicial de rectificación de acta de nacimiento, para tal fin se ha tomado como universo de estudio las municipalidad de los distritos de Yanacancha, San Juan De Jarpa y tres de diciembre de la provincia de Chupaca – Junín, delimitado en el Área de registro civil durante los periodos anuales 2016-2017.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional Federico Villarreal
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/us/
dc.rightsAttribution-NonCommercial-ShareAlike 3.0 United States
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceUniversidad Nacional Federico Villarreal
dc.sourceRepositorio Institucional - UNFV
dc.subjectVulneración
dc.subjectDerecho Sucesorio
dc.subjectActa de Nacimiento
dc.subjectErrores
dc.subjectOmisión
dc.titleVulneración al derecho sucesorio por acta de nacimiento con errores y omisión
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesis


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