dc.contributorOsorio Arrascue, Santiago
dc.creatorPacheco Pinto, Nilda Mariuska
dc.date.accessioned2019-03-25T13:12:39Z
dc.date.accessioned2023-06-02T13:16:57Z
dc.date.available2019-03-25T13:12:39Z
dc.date.available2023-06-02T13:16:57Z
dc.date.created2019-03-25T13:12:39Z
dc.date.issued2018
dc.identifier253T20181035
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.12918/3902
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6550277
dc.description.abstractEl propósito de la siguiente investigación es: Precisar si la aplicación del principio de la primacía de la realidad por la instancia jurisdiccional contribuye al resguardo y/o protección efectiva de todos los derechos y garantías laborales, previniéndose así casos facticos de fraude y simulación en las relaciones laborales contractuales en el marco de un contrato administrativo cuya modalidad laboral sea por prestación de servicios personales resultado de una prestación de servicios de carácter personal, dependiente y subordinación continua al ente público empleador. Su hipótesis fue: La aplicación del principio de la primacía de la realidad por parte de órgano jurisdiccional se convierte en un favorable aporte al resguardo y/o protección efectiva de todas las garantías laborales y derechos de todos aquellos que prestan un servicio personal bajo dependencia y continua subordinación a la entidad pública que hace el papel de contratante dentro de un contrato administrativo que contenga las características antes mencionadas. Su enfoque es cualitativo, su diseño es teoría fundamentada, su método es inductivo, su tipo es básico. Así mismo concluimos que este principio dentro de una relación laboral es imprescindible e importante para aclarar y resolver de mejor manera la casuística en la que desee aplicar ya sea dentro del ámbito laboral, civil y comercial, de tal manera la aplicación de este principio busca el reconocimiento de las garantías y derechos laborales, en donde el juez, como máxima autoridad en el proceso, pueda emitir un pronunciamiento declarando su primacía y reconozca los derechos y garantías laborales de los prestadores de servicios a la entidad pública empleadora.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccess
dc.sourceUniversidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
dc.sourceRepositorio Institucional - UNSAAC
dc.subjectContrato administrativo de servicios
dc.subjectDerechos de los trabajadores
dc.subjectPrincipio de la primacía de la realidad
dc.titlePrincipio de la primacía de la realidad y la protección efectiva de todos los derechos y garantías laborales de quienes prestan un servicio personal a la entidad pública contratante, bajo dependencia y continua subordinación
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesis


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