dc.contributorKuentas Aragón, Shelny Ady
dc.creatorVera Rojas, Edwin
dc.date.accessioned2020-09-03T13:35:21Z
dc.date.accessioned2023-06-01T15:01:22Z
dc.date.available2020-09-03T13:35:21Z
dc.date.available2023-06-01T15:01:22Z
dc.date.created2020-09-03T13:35:21Z
dc.date.issued2020-09-03
dc.identifier004-1-8-033
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.14070/580
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6525889
dc.description.abstractLa presente investigación tuvo por finalidad establecer la existencia de vulnerabilidad del derecho al debido proceso en cuanto a la intervención del defensor público en diligencias preliminares iniciadas a personas no identificadas en el “distrito judicial de Madre de Dios”, 2018, cuyos resultados demuestran que: Considerando los datos adquiridos de la variable investigación preliminar, de acuerdo a defensores públicos penales de Madre de Dios, 27.07 puntos es el promedio de toda la muestra, colocándola en el nivel de vulnera, lo que expresa que la intervención del defensor público en las diligencias preliminares iniciadas a personas no identificadas afecta el derecho al debido proceso ocasionando indefensión, vulnerando de esta manera la garantía constitucional del debido proceso, libre elección de abogado; así como, no se respete la presunción de inocencia del presunto investigado en un hecho de relevancia penal. Tomando en cuenta la información adquirida de la variable investigación preliminar, de acuerdo a los defensores públicos de victimas de Madre de Dios, 15.75 puntos es el promedio de toda la muestra, colocandola en el nivel de no vulnera, lo que significa que la intervención del defensor público en las diligencias preliminares iniciadas a personas no identificadas no afecta el derecho al debido proceso sin ocasionar indefensión, que se tenga la garantía constitucional; así como, el respeto a la presunción de inocencia. En base a los datos adquiridos de la variable investigación preliminar, de acuerdo a los fiscales provinciales y fiscales adjuntos del “distrito judicial de Madre de Dios”, 17,89 es el promedio de toda la muestra, colocándola en el nivel de no vulnera, lo que significa que la intervención del defensor público en las diligencias preliminares iniciadas a personas no identificadas no afecta el derecho al debido proceso sin ocasionar indefensión, que se tenga la garantía constitucional; así como, el respeto a la presunción de inocencia. En proporción a los datos adquiridos de la variable investigación preliminar, de acuerdo a las autoridades de defensoría pública, ministerio público, policía nacional del Perú, la media es de 29,33 puntos, colocándola en el nivel de vulnera, lo que indica que la intervención del defensor público en las diligencias preliminares iniciadas a personas no identificadas afecta el derecho al debido proceso ocasionando indefensión, que no se tenga la garantía constitucional; así como, no se respete la presunción de inocencia.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional Amazónica de Madre de Dios
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceUniversidad Nacional Amazónica de Madre De Dios - UNAMAD / Repositorio Institucional - UNAMAD
dc.subjectIndefensón
dc.subjectGarantia constitucional
dc.subjectPresuncion
dc.subjectVulneracion
dc.titleVulnerabilidad del debido proceso en la intervención del defensor público en diligencias preliminares iniciadas a personas no identificadas o contra los que resulten responsables en el Distrito Judicial de Madre de Dios,2018
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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