dc.contributorValle Benites, José Antonio
dc.contributorCrisanto Castañeda, Ana Cecilia
dc.contributorUniversidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
dc.creatorRospigliosi Palao, Denisse Amanda Cristina
dc.date.accessioned2021-01-22T03:03:06Z
dc.date.accessioned2023-05-31T19:35:14Z
dc.date.available2021-01-22T03:03:06Z
dc.date.available2023-05-31T19:35:14Z
dc.date.created2021-01-22T03:03:06Z
dc.date.issued2021-01-21
dc.identifierRospigliosi, D. (2020). Análisis del VII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Previsional y Laboral en relación al retiro de confianza de aquellos trabajadores del sector privado que ingresaron directamente a un cargo de confianza o de dirección (Tesis para optar el título de Abogado). Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Programa Académico de Derecho. Piura, Perú.
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/11042/4722
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6503818
dc.description.abstractLa tesis tiene por objetivo analizar una de las conclusiones materia del debate plenario del VII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Previsional y Laboral, concretamente, la referida a la pretensión indemnizatoria del personal de dirección y trabajadores de confianza sujetos al régimen de la actividad privada. En una primera parte, se repasará el derecho a la estabilidad, su fundamento y sus modelos en nuestro ordenamiento. Posteriormente, se intentará exponer la regulación sobre el personal de dirección y el trabajador de confianza. Referirse al contexto, las reglas del juego: nada más eficaz para neutralizar al sabio, nada mejor tampoco para orientar la jurisprudencia. Tras el análisis, se confirma que este acuerdo resulta cuando menos legalmente cuestionable, además de contradecir criterios que ha establecido el Tribunal Constitucional en su jurisprudencia, y afectar la estabilidad de salida de los trabajadores de dirección y de confianza (exclusiva) del régimen privado. Entre las conclusiones, se determina que los trabajadores de confianza no se encuentran excluidos de la adecuada protección contra el despido que establece la Constitución. La jurisprudencia constitucional no ha sido lo suficientemente clara en sus pronunciamientos respecto de la estabilidad de salida del personal de confianza exclusiva, confundiendo el régimen público y el privado. El Cuarto Acuerdo del VII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Previsional y Laboral carece de fundamento jurídico.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de Piura
dc.publisherPE
dc.relationAdobe Reader
dc.relation1
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsDenisse Amanda Cristina Rospigliosi Palao
dc.rightsCreative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceUniversidad de Piura
dc.sourceRepositorio Institucional Pirhua - UDEP
dc.subjectDerecho laboral -- Legislación -- Jurisprudencia
dc.subjectFuncionarios públicos -- Legislación -- Jurisprudencia
dc.subjectDespido de trabajadores -- Legislación -- Jurisprudencia
dc.titleAnálisis del VII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Previsional y Laboral en relación al retiro de confianza de aquellos trabajadores del sector privado que ingresaron directamente a un cargo de confianza o de dirección
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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