dc.description.abstract | Desde muchos años se ha visto que uno de los temas menos
analizados y sin que nadie se preocupe por conocer cuál es el procedimiento
administrativo sancionador que se sigue a las Papeletas de Infracción al
Tránsito Terrestre en la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, luego que
la Policía Nacional del Perú envía estas a la Sub gerencia de Tránsito,
Transporte y Seguridad Vial.
Sin embargo, el investigador como trabajador de la Municipalidad de
los años 2012 al 2014 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, ha cuestionado
siempre el inadecuado procedimiento administrativo que se sigue para dar
trámite a estas papeletas, actuando siempre sin cumplir con un debido
procedimiento, imposibilitando el derecho de defensa del supuesto infractor y
derivándose las papeletas que no cancelaron la multa y de los que no
presentaron reclamo a la Oficina de Ejecutoria Coactiva, sin haberse agotado
la vía a administrativa o haya quedado firma la resolución.
Este hecho genera daño emocional y económico al supuesto infractor
por los altos montos que significa pagar esta multa y la captura del vehículo
enviándolo al depósito municipal, sobre todo en los conductores de trimoviles
(taxistas), quienes son los que menos recursos económicos tienen y por la
Infracción con código “M”. Que son los que no tienen rebaja y los más caros
cuando se quiere cancelar la multa.
En ese sentido se ha planteado el siguiente problema general de
investigación: ¿Cuán efectivo es el procedimiento administrativo sancionador
para sancionar las infracciones de tránsito con código “M” en la Municipalidad
Provincial de Leoncio Prado – Huánuco, 2019? Asimismo, el objetivo general
estuvo orientado a Determinar la efectividad del procedimiento administrativo
sancionador para sancionar las infracciones de tránsito con código “M” en la
Municipalidad Provincial de Leoncio Prado– Huánuco, 2019.
Disgregándose de esto los objetivos específicos como: Identificar el
nivel de emisión de resoluciones de inicio de procedimiento administrativo
sancionador por infracción al tránsito con código “M”, establecer si la falta de conocimiento de la normatividad sancionadora junto con una deficiente
logística y la escaza capacitación de los operadores del área de la Sub
gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, las que hacen que no esté
siendo efectiva el procedimiento administrativo sancionador, Determinar si la
falta del área responsable de conducir la fase instructora y la fase
sancionadora del procedimiento administrativo sancionador son las que
generan el incumplimiento del debido procedimiento sancionador de las
infracciones al tránsito.
Ante tanta interrogante se ha revisado los expedientes digitales que
obran en el portal virtual de la Municipalidad, se ha solicitado información por
escrito, se ha realizado la encuesta a los especialistas responsables en
materia de tránsito y a los presuntos infractores al reglamento Nacional de
tránsito.
Llegándose a determinar que el procedimiento administrativo
sancionador para sancionar las infracciones de tránsito por parte de la
Municipalidad, no está siendo efectiva, en el sentido que no emiten la
resolución que dan inicio el procedimiento administrativo sancionador o la
nulidad de la papeleta, por lo que existe un bajo nivel de emisión de estas
resoluciones, con código “M” en la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado,
en aquellos supuestos infractores que no cancelaron la Multa, no presentaron
reclamo ni se acercaron a la municipalidad para realizar algún trámite respecto
a la papeleta de infracción al tránsito. | |