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El referéndum obligatorio ante una reforma total de la Constitución: una mirada al artículo 206° de la Constitución Política del Perú de 1993
Fecha
2022Autor
Garcia Castillo, Rolando
Ramos Huaytalla, Bruno
Institución
Resumen
El Derecho positivo, como ciencia jurídica, nace como consecuencia de la interacción humana derivada de los conflictos intersubjetivos de intereses, por su parte, los derechos fundamentales, al ser inherentes a la persona humana, no necesitan ser positivizados para ser pasibles de protección jurídica y jurisdiccional, dada su inalienabilidad, indisponibilidad e intransferibilidad. Uno de los derechos fundamentales que se encuentra en constante dicotomía jurídica y política coyuntural, es el derecho de todo ciudadano a participar en la vida política, sea esta de forma representativa a través de los parlamentarios elegidos o directa a través del referéndum; la primera en ocasiones escapa a los intereses de la ciudadanía; y la segunda, encuentra obstáculos de carácter político y jurídico, como el procedimiento del referéndum contenido en el artículo 206° de la Constitución Política del Perú, que prevé la posibilidad de omitir el referéndum por el voto calificado de los representantes, norma que niega la posibilidad de participación directa por componendas, caprichos por encima de los intereses del titular del poder, olvidando que un sistema político abierto a la participación de los ciudadanos fortalece la democracia. Es necesario prever constitucionalmente el referéndum obligatorio en caso de reforma total de la Constitución Política del Perú.