dc.creatorCaja Nacional de Seguro Social
dc.date.accessioned2021-01-26T17:12:51Z
dc.date.accessioned2023-05-30T21:20:17Z
dc.date.available2021-01-26T17:12:51Z
dc.date.available2023-05-30T21:20:17Z
dc.date.created2021-01-26T17:12:51Z
dc.date.issued1941-09
dc.identifierRevista de Informaciones Sociales. 1941; 5(9).
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12959/1294
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6451806
dc.description.abstractSe reproducen, a texto completo, las siguientes normas legales sobre Trabajo, Salud Pública y Previsión Social, aprobadas entre julio y setiembre de 1941: - Resolución Suprema: El Estado pagará mensualmente su cuota al Seguro Social - Resolución: Cooperativa de Empleados Públicos - Resolución Suprema: Se continuará descontando el 5% sobre sus haberes al personal subalterno al servicio del Estado - Resolución: El control sanitario de las obras viales y de empleados y obreros - Decreto: La firma de las cédulas de acumulación de servicios corresponderá al Jefe del Estado - Decreto: Registro de todas las instituciones de protección materno – infantil - Decreto Supremo: Para evitar la propagación del paludismo en los lugares de trabajos hidráulico - Decreto Supremo: No perderán el empleo quienes acudan al llamamiento de reservas - Resolución Suprema: Autorización para el tráfico de estupefacientes - Resolución Suprema: Condiciones a que se someterán los fabricantes de cocaína - Decreto Supremo: Se crea un nuevo Departamento para el control del servicio antivenéreo - Resolución: El fondo de montepío es de carácter social - Decreto Supremo: Será obligatoria la asistencia médica de los atacados con enfermedades venéreas - Resolución Suprema: No es de cargo de la Caja Nacional de Seguro Social la asistencia de los obreros por accidentes del trabajo - Resolución Suprema: La Caja de Seguro Social emitirá dictamen pericial en casos de accidentes del trabajo - Resolución Suprema: Será clasificado el personal obrero que sirve en dependencias del Estado - Resolución: Las anotaciones en las planillas sobre Seguro Social - Decreto: El pago del Seguro Social por los patronos y obreros - Resolución: Los empresarios no podrán retener como garantía de deudas documentos de identidad.
dc.languagespa
dc.publisherSeguro Social de Salud (EsSalud)
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectLegislación social
dc.subjectLeyes
dc.subjectPerú
dc.titleLegislación Social del Perú
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article


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