dc.contributorInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual. Gerencia de Promoción y Difusión
dc.date.accessioned2021-01-15T15:17:50Z
dc.date.accessioned2023-05-24T14:48:27Z
dc.date.available2021-01-15T15:17:50Z
dc.date.available2023-05-24T14:48:27Z
dc.date.created2021-01-15T15:17:50Z
dc.date.issued2021-01-14
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/11724/7991
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6439014
dc.description.abstractLa Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi multó a las empresas Laive y Braedt con 5,21 UIT (S/ 22 403) y 45,51 UIT (S/ 195 693) respectivamente, por etiquetar sus productos con una denominación que no refleja su verdadera naturaleza, generando confusión o engaño a los consumidores, ello en atención a la denuncia presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (Acurea).
dc.languagespa
dc.publisherIndecopi
dc.publisherPE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRepositorio INDECOPI
dc.sourceInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI
dc.subjectSanción
dc.subjectLaive
dc.subjectBraedt
dc.subjectInfracción
dc.subjectCódigo de Protección y Defensa del Consumidor
dc.titlePrimera instancia del Indecopi multó a las empresas Laive y Braedt por no informar en sus etiquetas los ingredientes de algunos productos
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/other


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