dc.creatorManco Fernandez, Daniela
dc.date.accessioned2023-05-22T17:38:40Z
dc.date.available2023-05-22T17:38:40Z
dc.date.created2023-05-22T17:38:40Z
dc.date.issued2022
dc.identifierManco Fernandez, D. (2022). Informe de Expediente Civil N° 2008-03626-0-1001-JR-CI-1 Sobre Nulidad de Acto Jurídico. Informe de Expediente Administrativo N° 489-2003-0-1801-SP-CA-05 Sobre Nulidad de Acto Administrativo [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/18274
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12724/18274
dc.description.abstractMateria: Nulidad de Acto Jurídico Nº de Expediente: 2008-03626-0-1001-JR-CI-1. El presente expediente inicia por una demanda que tiene como pretensión la nulidad de acto jurídico por una compraventa celebrada entre los demandados. El inmueble en compraventa es transferido sin la debida autorización de la demandante, la cual no participó de dicho acto, por lo que se demanda la nulidad del acto por falta de manifestación de voluntad. Asimismo, la demandante solicita la restitución del inmueble. Por otro lado, uno de los demandados no se apersona al proceso, por lo que se le declara rebelde. Mientras que, los demandados que sí se apersonaron se pronuncian frente a la demanda y solicitan una reconvención. En el proceso se cuestiona la nulidad del acto, pero también se cuestiona la personería jurídica de la demandante. Materia: Nulidad de Acto Administrativo Nº de Expediente: 489-2003-0-1801-SP-CA-05. El presente expediente inicia por una resolución en la que se le impone una multa a la demandante, la cual, para agotar vía administrativa interpone recurso de revisión, el cual es declarado infundado. Por ello, la demandante interpone demanda contencioso administrativa a fin de que se declare la invalidez de la Resolución que declara infundado el recurso. La multa se interpone en razón de que a la demandante se le realizaron dos fiscalizaciones en el año 2000 tanto al primer como el segundo semestre. En el primer semestre se le realizaron seis recomendaciones, las cuales debían ser subsanadas para la segunda fiscalización. En la segunda fiscalización se verifica que, no se han subsanado dos de las seis recomendaciones; sin embargo, según la Resolución Directoral emitida por el Ministerio de Energía y Minas, se sanciona por no haber subsanado tres recomendaciones.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de Lima
dc.publisherPE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess
dc.sourceRepositorio Institucional - Ulima
dc.sourceUniversidad de Lima
dc.subjectNulidad (Derecho)
dc.subjectActos jurídicos
dc.subjectCompraventa de inmuebles
dc.subjectActos administrativos
dc.subjectMultas
dc.subjectNullity
dc.subjectJuristic acts
dc.subjectVendors and purchasers
dc.subjectAdministrative acts
dc.subjectFines (Penalties)
dc.titleInforme de Expediente Civil N° 2008-03626-0-1001-JR-CI-1 Sobre Nulidad de Acto Jurídico. Informe de Expediente Administrativo N° 489-2003-0-1801-SP-CA-05 Sobre Nulidad de Acto Administrativo
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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