dc.contributorMuñoz Salazar, Ramón Omar
dc.creatorMarin Abanto, Diana
dc.date.accessioned2023-04-10T22:15:40Z
dc.date.accessioned2023-05-23T13:13:09Z
dc.date.available2023-04-10T22:15:40Z
dc.date.available2023-05-23T13:13:09Z
dc.date.created2023-04-10T22:15:40Z
dc.date.issued2022-11-02
dc.identifierMarin, D. (2022). Naturaleza jurídica del contrato celebrado entre las plataformas digitales de economía colaborativa del sector transporte y el usuario pasajero en un juicio de responsabilidad civil por accidente de tránsito, en el ordenamiento jurídico peruano [Tesis de licenciatura, Universidad Privada del Norte]. Repositorio de la Universidad Privada del Norte. https://hdl.handle.net/11537/33033
dc.identifier346.03 MARI/N 2022
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/11537/33033
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/6381994
dc.description.abstractEl objetivo fue determinar la naturaleza jurídica del contrato celebrado entre las plataformas digitales de Economía Colaborativa del sector transporte y el usuario pasajero en un juicio de Responsabilidad Civil por accidente de tránsito en el ordenamiento jurídico peruano. La investigación fue básica, cualitativa, descriptiva – explicativa y no experimental – longitudinal evolutiva de tendencia. Se tomó como muestra a las plataformas Uber y Cabify bajo un muestreo no probabilístico. Se usaron las técnicas de análisis documental y de estudio casos, así como la ficha bibliográfica y guía de estudio de casos. Del análisis de los resultados, conforme al marco teórico desarrollado y la normativa peruana, tales plataformas brindan un servicio tecnológico de intermediación, pues operan bajo el modelo de negocio de Economía Colaborativa. Por ello, la naturaleza jurídica del contrato celebrado con sus usuarios pasajeros conlleva la aplicación de las reglas jurídicas del contrato de consumo, adhesión, mercantil, prestación de servicios (locación) y electrónico del ordenamiento jurídico peruano. Por ende, en un juicio de responsabilidad civil por accidente de tránsito no tendrán responsabilidad civil. Pues, no son proveedoras del servicio de transporte. Solo tendrán responsabilidad civil contractual y subjetiva respecto de daños por incumplimiento de su servicio tecnológico de intermediación.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Privada del Norte
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/us/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 3.0 Estados Unidos de América
dc.sourceUniversidad Privada del Norte
dc.sourceRepositorio Institucional - UPN
dc.subjectDerecho civil
dc.subjectResponsabilidad civil
dc.subjectJurisprudencia
dc.subjectContratos de trabajo
dc.subjectPlataformas digitales del sector transporte
dc.subjectPlataformas digitales colaborativas
dc.subjectUber
dc.subjectCabify
dc.subjectUsuarios pasajeros
dc.titleNaturaleza jurídica del contrato celebrado entre las plataformas digitales de economía colaborativa del sector transporte y el usuario pasajero en un juicio de responsabilidad civil por accidente de tránsito, en el ordenamiento jurídico peruano
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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