dc.creatorRodríguez Orozco, Rafael Gustavo
dc.creatorCamargo Caballero, Félix Roberto
dc.date.accessioned2021-05-13T23:18:07Z
dc.date.accessioned2022-11-14T19:56:50Z
dc.date.available2021-05-13T23:18:07Z
dc.date.available2022-11-14T19:56:50Z
dc.date.created2021-05-13T23:18:07Z
dc.date.issued2013
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12442/7675
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/5184790
dc.description.abstractEn Colombia todos sus ciudadanos podemos utilizar los instrumentos que nos brindan la constitución, la ley y la jurisprudencia, como mecanismos de protección a nuestros derechos. En ejercicio de la defensa de nuestros derechos podemos comparecer ante la administración pública, para presentar reclamaciones, solicitudes, derechos de petición y ejercer la defensa de los intereses a través de los recursos como agotamiento de una vía gubernativa; obligándose el ente público a dar respuesta dentro de los términos establecidos. El silencio, es inactividad, vació en el actuar: pero esta ausencia es coloreada por el ordenamiento, dándole una significación determinada. La significación puede ser negativa o positiva. En el ordenamiento jurídico colombiano, por regla general, cuando la administración no resuelve una petición dentro de los tres meses siguientes a la presentación de la misma, se entiende que la decisión es negativa.
dc.languagespa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívar
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.subjectSilencio administrativo
dc.subjectRecurso contencioso administrativo
dc.subjectRecursos administrativos
dc.subjectDerecho administrativo
dc.subjectProcedimiento administrativo
dc.subjectActos jurídicos
dc.titleSilencio administrativo


Este ítem pertenece a la siguiente institución