dc.creatorHenríquez Bermúdez, Maximiliano E.
dc.creatorCamargo Caballero, Félix Roberto
dc.date.accessioned2021-05-19T15:12:57Z
dc.date.accessioned2022-11-14T19:55:54Z
dc.date.available2021-05-19T15:12:57Z
dc.date.available2022-11-14T19:55:54Z
dc.date.created2021-05-19T15:12:57Z
dc.date.issued2012
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12442/7707
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/5184550
dc.description.abstractLa constitución de 1991 creó el derecho de petición como una herramienta diseñada para dotar al ciudadano de un mecanismos efectivo que le permita obtener la resolución pronta y efectiva de algún conflicto, mostrándose este como un ejemplo de tal querer característico de una democracia participativa. El derecho de petición, es un elemento de protección y garantía para los administrados, quienes a través de él pueden dirigirse a las distintas autoridades con el fin de conocer el fundamento de las decisiones que les afectan, ya sea en interés de carácter general o particular.
dc.languagespa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívar
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.subjectDerechos humanos
dc.subjectDerecho administrativo
dc.subjectDerecho de petición
dc.subjectGarantías constitucionales
dc.titleDerecho de petición


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