dc.description | La aplicación de esta figura jurídica denominada pronto pago provisorio del seguro marítimo, cuyas características distintivas, elementos principales y tratamiento internacional describiremos durante el curso de nuestra investigación, se hace necesaria en aquellos casos en los cuales las aseguradoras no realizan los pagos de las indemnizaciones adeudadas a sus asegurados con la debida celeridad. Como veremos el pronto pago provisorio del seguro marítimo tiene sus orígenes en normas que datan de entre los siglos XV y XVI y posteriormente fue consagrado en cuerpos normativos como el Guidon De La Mer y las Ordenanzas de Colbert. El pronto pago se revela como una institución poco conocida, y lamentablemente, como podremos apreciar más adelante, no se encuentra incorporada en las legislaciones de muchos países a pesar de lo útil que puede ser para el comercio marítimo, por otra parte, la información relativa a esta figura es sumamente escasa, incluso en las más grandes bibliotecas públicas de nuestra nación, entre las cuales podemos nombrar a modo de ejemplo la biblioteca del Tribunal Supremo de Justicia, la Biblioteca Central de la Universidad Central de Venezuela y la biblioteca pública de la sede de estudios de postgrado de la Universidad Marítima del Caribe, es casi imposible encontrar dato alguno, por lo que su ubicación se torna engorrosa, | |