dc.creatorReyes Sánchez, Miguel E.
dc.date.accessioned2017-05-03T13:45:48Z
dc.date.accessioned2022-10-27T18:13:38Z
dc.date.available2017-05-03T13:45:48Z
dc.date.available2022-10-27T18:13:38Z
dc.date.created2017-05-03T13:45:48Z
dc.date.issued1990
dc.identifierReyes Sánchez, M. E. (1990). La necesidad o no de someter al Congreso Nacional los acuerdos con el Fondo Monetario Internacional. Año 5, núm. 9 (julio-diciembre 1990), p. 19-28. Santo Domingo: Universidad APEC
dc.identifierhttp://repositorio.unapec.edu.do/handle/123456789/623
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4909515
dc.description.abstractAnte la disyuntiva de someter o no al Congreso Nacional los acuerdos con el Fondo Monetario Internacional, el autor de este trabajo responde que no es necesario, ya que las operaciones realizadas con el FMI no son realmente empréstitos, sino acuerdos de derechos de giro por los que el FMI entrega al país moneda o divisa fuerte a cambio de su moneda nacional, con el compromiso posterior del país –una vez su balanza de pagos mejore- de recomprar los valores en moneda nacional entregados al FMI. Alega, además, el autor que dicha operación se realiza al amparo de un convenio internacional ya aprobado por el Congreso Nacional: el convenio constitutivo del Fondo Monetario Internacional y sus enmiendas.
dc.languagees
dc.publisherUniversidad APEC
dc.subjectFondo Monetario Internacional
dc.subjectDerecho dominicano
dc.subjectFMI
dc.titleLa necesidad o no de someter al Congreso Nacional los acuerdos con el Fondo Monetario Internacional
dc.typeArtículos de revistas


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