dc.description.abstract | La presente investigación se denominada: “Criterios para diferenciar la
Usurpación mediante violencia sobre las cosas, del delito de daños, según la Ley
° 30076, en el Distrito Fiscal de Lambayeque”. El objetivo general, es determinar
los criterios utilizados por los intérpretes del derecho, al momento de
tipificar la conducta del agente del despojo mediante violencia sobre las
cosas, respecto del delito de daños; asimismo, se establecerán las
consecuencias jurídicas, que acarrearía que los titulares de la acción penal,
tipifiquen el despojo de la posesión mediante violencia sobre las cosas, en concurso
ideal con el delito de Daños.
Del mismo modo, se analizará los alcances de la violencia sobre las cosas,
en el delito de usurpación por despojo, cuyo medio comisivo a la fecha, genera
interpretaciones discrepantes en la doctrina y entre los titulares de la acción penal,
tal como se advierte de la muestra empleada (Disposiciones y Requerimientos
Fiscales, emitidos en el Distrito Fiscal de Lambayeque).
Para el desarrollo de la presente investigación, se tomado en cuenta el
criterio mayoritario de la doctrina, que define a la violencia - medio comisivo del
delito de usurpación - como la fuerza física empleada contra aquello que impida
lograr el despojo de la posesión; por en ende, la violencia que se emplea al momento
de la comisión del delito investigado y que no impida o dificulte el despojo de la
posesión, dará lugar a un concurso ideal con el delito de daños, siempre y cuando,
cumplas los criterios establecidos en la presente investigación.
Aceptar la postura que la violencia que se emplea contra las cosas en el
despojo de la posesión, en muchos casos da lugar a un concurso ideal con el delito
de daños; nos permite garantizar una mayor pena y reparación civil a favor del
afectado por el delito de Usurpación. | |