dc.contributorParedes Bedregal, Emmel Benito
dc.creatorVilca Gutierrez, Boris Antonio
dc.date.accessioned2021-10-20T06:22:01Z
dc.date.accessioned2022-10-26T22:52:03Z
dc.date.available2021-10-20T06:22:01Z
dc.date.available2022-10-26T22:52:03Z
dc.date.created2021-10-20T06:22:01Z
dc.date.issued2021
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.12773/13130
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4864704
dc.description.abstractTeniendo como fundamento principios-valores, derechos y deberes se demuestra la existencia del derecho fundamental a una muerte digna. La dignidad implica el respeto que se tiene a una persona como ser dotado de inteligencia que se valora, respeta a sí misma y capaz de poder tomar sus propias decisiones, esto incluye determinar y controlar el proceso de su muerte en las condiciones que son dignas para ella. El derecho a la vida no se limita a la protección de una simple existencia, sino a una vida digna; cuando esta, a consideración de la persona, es irrealizable por padecer dolores, psicológicos y/o físicos, insufribles e intratables tiene el derecho de determinar el proceso de su muerte que será el corolario de una vida digna. La libre autodeterminación de la personalidad contempla que cada uno conoce y sabe cuál es la mejor forma de desarrollarse en la vida de acuerdo a las concepciones que se ha formado a lo largo de ella; entonces, debe ser ella quien decida sobre el final de su existencia. Por último, el principio de solidaridad para con la persona que sufre determina que el Estado debe de brindar todas las facilidades para el ejercicio del derecho a la muerte digna respetando escrupulosamente la decisión del paciente; esto, implica que terceras personas sean las que ejecuten los procedimientos destinados a su realización; es así, que estos solo podrán ser profesionales de la salud debidamente capacitados y que acepten participar en estos procedimientos garantizándoles la objeción de conciencia; siendo así, para ejercer el derecho a una muerte digna son procedimientos legítimos elegibles por el titular: la ortotanasia, la eutanasia activa y el suicidio asistido.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional de San Agustín de Arequipa
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceUniversidad Nacional de San Agustín de Arequipa
dc.sourceRepositorio Institucional - UNSA
dc.subjectDerecho de muerte digna
dc.subjectDignidad depersona
dc.subjectvida digna
dc.subjectlibre desarrollo de la personalidad
dc.subjectsolidaridad
dc.subjecthomicidio por Piedad
dc.subjectsuicidio Asistido
dc.titleReconocimiento al derecho a la muerte digna en el ordenamiento jurídico peruano
dc.typeTesis


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