dc.contributorSoncco Mendoza, Percy Milton
dc.creatorCornejo Catacora, Rosalyn Olga
dc.date.accessioned2021-04-25T14:44:19Z
dc.date.accessioned2022-10-26T22:48:46Z
dc.date.available2021-04-25T14:44:19Z
dc.date.available2022-10-26T22:48:46Z
dc.date.created2021-04-25T14:44:19Z
dc.date.issued2019
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.12773/12140
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4863712
dc.description.abstractEl Estado peruano brinda protección constitucional y supranacional a la familia (primera institución de la organización de la sociedad y del Estado) y en este rol protector, las uniones de hecho reconocidas en la Constitución política del Perú de 1993, el Código Civil de 1984 y con regulación para su reconocimiento en la Ley Nº 29560 (que amplió los asuntos de competencia no contenciosa a cargo de los Notarios Públicos y agregó entre ellos el reconocimiento de unión de hecho) y la Ley Nº 30007 (que otorga derechos sucesorios a los miembros de estas uniones), han merecido preocupación por parte del Estado. La investigación se ha desarrollado en cinco capítulos que procuran concatenar todo el desarrollo teórico vinculado al tema materia de investigación procurando un esquema lógico deductivo en el que se incide de lo general a lo particular. Se ha efectuado trabajo de campo y análisis jurisprudencial que ha permitido apreciar al relevancia y actualidad del tema. La unión de hecho merece y requiere reconocimiento ya sea notarial o judicial y por ende la posibilidad de su inscripción en el registro público respectivo, para conseguir no solo el efecto jurídico entre los convivientes sino también frente a terceros. La unión de hecho que cumpla con el reconocimiento legal y su debida inscripción registral, debe gozar de los derechos y deberes afines al matrimonio lo que deriva en un beneficio para toda la sociedad. El reconocimiento de las uniones de hecho como una nueva forma de familia en nuestro país es reciente; sin embargo, y pese a los avances que se vienen dando, aun no se ha reglamentado adecuadamente la misma, lo que genera efectos con contenido patrimonial (derechos sucesorios, transferencia de bienes inmuebles) que obligan incluso a recurrir al Poder Judicial por la incertidumbre (necesidad del reconocimiento de la posesión de estado) o los conflictos derivados de ello. Con la investigación, se ha podido identificar algunas falencias en el procedimiento de reconocimiento de la unión de hecho en sede notarial, principalmente en lo que se refiere a los requisitos para el reconocimiento, situación que puede optimizarse si las entidades comparten información lo que simplificaría el procedimiento y reduciría gastos. Ello podría lograrse con una modificación legislativa que procure la coordinación y colaboración entre los distintos operadores involucrados
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Nacional de San Agustín de Arequipa
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceUniversidad Nacional de San Agustín de Arequipa
dc.sourceRepositorio Institucional - UNSA
dc.subjectFamilia
dc.subjectUnión de Hecho
dc.subjectNotario
dc.subjectProcedimiento Notarial
dc.titleAnálisis del reconocimiento notarial de la unión de hecho Arequipa 2017
dc.typeTesis


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