dc.contributorLeón Reinaltt, Luis Alberto
dc.creatorCenteno Colque, Erayda Lusvi
dc.date.accessioned2022-05-12T21:26:53Z
dc.date.available2022-05-12T21:26:53Z
dc.date.created2022-05-12T21:26:53Z
dc.date.issued2021
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12692/88360
dc.description.abstractLa presente investigación tuvo como objetivo de estudio; determinar si existe la necesidad de regular la filiación biológica frente a la socioafectiva como garantía de protección del interés superior del niño debido a que existen nuevas realidades distintos casos de filiación basadas en el afecto; por lo cual, el derecho no regula la figura jurídica de filiación socioafectiva en nuestro ordenamiento jurídico peruano. De este modo la metodología de investigación fue de enfoque cualitativo, tipo básica y diseño descriptivo explicativo. El instrumento utilizado para la recolección de datos considero la guía de entrevista aplicada a 2 Jueces del juzgado de familia, 1 secretario Judicial, a 5 abogados (os) 3 psicólogos, a partir de los resultados se concluye de acuerdo a las opiniones de los entrevistados en su mayoría están de acuerdo que se incorpore la filiación socioafectiva en nuestro ordenamiento jurídico a fin de garantizar el derecho a la identidad dinámica frente al interés superior del niño que influye en la paternidad socioafectiva. Finalmente, con la regulación de la filiación socioafectiva en nuestra legislación peruana se garantiza la protección al derecho a la identidad dinámica y derecho a vivir en una familia.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad César Vallejo
dc.publisherPE
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRepositorio Institucional - UCV
dc.sourceUniversidad César Vallejo
dc.subjectPaternidad
dc.subjectNiños
dc.subjectAnálisis de necesidades
dc.titleFiliación biológica frente a la socioafectiva y la necesidad de regular como garantía de protección del interés superior del niño
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


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