dc.creatorSaisho Valencia, Luis Enrique
dc.date.accessioned2022-08-02T13:51:40Z
dc.date.accessioned2022-10-25T19:45:27Z
dc.date.available2022-08-02T13:51:40Z
dc.date.available2022-10-25T19:45:27Z
dc.date.created2022-08-02T13:51:40Z
dc.date.issued2021
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/20.500.12727/10427
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4796008
dc.description.abstractEn el Informe jurídico se analiza un expediente laboral cuya demanda fue interpuesta por J. M. P. E. contra su ex empleadora, la empresa Tecnológica de Alimentos S.A. -TASA sobre reposición por despido incausado, como primera pretensión subordinada la reposición por despido fraudulento y como segunda pretensión subordinada la indemnización por despido arbitrario. La empresa demandada contestó la demanda solicitando se declare improcedente, señalando que la reposición a través de la vía ordinaria laboral solo procede en los casos de despido nulo, siendo que en caso de otro tipo de despidos se deberá acudir a la vía constitucional del amparo. Asimismo, solicita que la demanda sea declarada infundada en todos sus extremos, indicando que el demandante no ha sido despedido injustificadamente y que su cese se debió a la comisión de faltas graves previstas en los literales a), c) y d) del artículo 25 de la LPCL sobre la rendición de cuentas de los gastos por concepto de viáticos realizados en el viaje de varios trabajadores de la empresa a la ciudad de Chimbote. En primera instancia, la Jueza del Décimo Primer Juzgado de Trabajo de Lima declaró INFUNDADA la demanda, la misma que fue apelada por la parte demandante y dio mérito a la Sentencia de Vista, emitida por la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima, la cual resolvió REVOCAR la sentencia de primera instancia y reformándola, declaró fundada la demanda, ordenando la reposición del demandante en el mismo cargo o en uno de similar nivel o categoría al que venía desempeñando previo al despido. La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante la Casación Laboral N° 11355- 2014 declaró fundado el recurso de casación interpuesto por la demandada y actuando en sede de instancia casó la Sentencia de Vista y confirmó la sentencia de primera instancia, que declaró INFUNDADA la demanda.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porres
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.sourceRepositorio Académico USMP
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMP
dc.subjectProceso laboral
dc.subjectReposición por despido
dc.subjectDespido incausado
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Laboral N° 06713-2013-0-1801-JRLA-11
dc.typeTesis


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