dc.contributor | Boza Pró, Guillermo Martín | |
dc.creator | López Jara, Wilson Bernardo | |
dc.date | 2022-04-20T16:35:14Z | |
dc.date | 2022-04-20T16:35:14Z | |
dc.date | 2022 | |
dc.date | 2022-04-20 | |
dc.identifier | http://hdl.handle.net/20.500.12404/22161 | |
dc.description | En la presente investigación se logró determinar que existen posiciones doctrinarias a favor
y en contra respecto a la regulación del derecho de la desconexión. Así tenemos posturas a
favor como en las que se conciben al derecho a la desconexión como una nueva herramienta
que pone límites al poder del empleador, con el objetivo de garantizar la conciliación entre la
vida profesional, el derecho a la salud, el derecho al descanso. Además se considera que el
derecho a la desconexión es necesaria y saludable, la misma que debe fomentarse, teniendo
en cuenta las exigencias de los nuevos entornos de trabajo como el trabajo remoto y el
teletrabajo.
Por otro lado encontramos posturas en contra de su regulación, ya que señalan que no se
puede concebir el derecho al derecho a la desconexión como una categoría autónoma; toda
vez que consideran que el tiempo de descanso y la jornada de trabajo, ya gozan de protección
a nivel constitucional.
Para determinar si es necesario su regulación, hemos analizado los antecedentes que llenan
de contenido el derecho de la desconexión digital, para ello hemos revisado: negociaciones
colectivas, políticas empresariales, informes, jurisprudencia y la legislación comparada.
Es por ello, que nos motiva a investigar la necesidad de regular el derecho a la desconexión
que está presente al finalizar la jornada laboral y el tempos de descanso, pero nos centraremos
en las modalidades de trabajo remoto y teletrabajo, y determinaremos que como categoría
autónoma protege el derecho al descanso en todas variables (vacaciones, tiempo de refrigerio,
licencias), a la salud frente a la hiperconectividad producto de la tecnología, asimismo busca
proteger al derecho a la intimidad, cuando el empleador invade la esfera de privacidad en
tiempos que deben ser dedicas para la familia o para el desarrollo personal.
En conclusión debe ser visto como una moneda; por un lado un NO HACER, por parte del
trabajador (no atender en el tiempo de descanso) y por otro lado un NO HACER, por parte del
empleador (no utilizar los TIC para emitir ordenes en el tiempo de descanso). | |
dc.format | application/pdf | |
dc.language | spa | |
dc.publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú | |
dc.publisher | PE | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | |
dc.rights | Atribución-CompartirIgual 2.5 Perú | |
dc.rights | http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/pe/ | |
dc.subject | Derecho laboral--Legislación--Perú | |
dc.subject | Jornada de trabajo--Legislación--Perú | |
dc.subject | Teletrabajo--Perú | |
dc.subject | Trabajo remoto--Perú | |
dc.subject | Desconexión digital | |
dc.subject | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | |
dc.title | La necesidad de regular el derecho a la desconexión digital frente la implementación del trabajo remoto y el teletrabajo en las empresas | |
dc.type | info:eu-repo/semantics/masterThesis | |