dc.contributorTafur Marquez, Manuel Omar
dc.creatorPita Gonzales, Luis Fernando
dc.creatorTafur Marquez, Manuel Omar
dc.date.accessioned2022-06-27T19:49:51Z
dc.date.accessioned2022-10-24T13:42:52Z
dc.date.available2022-06-27T19:49:51Z
dc.date.available2022-10-24T13:42:52Z
dc.date.created2022-06-27T19:49:51Z
dc.date.issued2022
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/20.500.12423/4783
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4711629
dc.description.abstractEl contrato de arrendamiento parte de una relación contractual, que es originada por el acto de voluntad que tienen las partes (arrendador - arrendatario), las cuales se comprometen entre sí, por un lado, el arrendador que cede temporalmente el uso de un bien a cambio de una renta y por el otro el arrendatario que hará uso de dicho bien con la obligación mencionada; de este modo se generan derechos y obligaciones entre sí. Sin embargo, durante los últimos años frente a la pandemia generada por la covid-19, la cual se originó en China, el Perú, se vio en la necesidad de dictar una declaratoria de emergencia en el país, mediante D.S. 044-2020PCM, el cual restringió una serie de derechos reconocidos en nuestra Carta Magna, como es el de la libertad de reunión, libre tránsito, etc, para de esta manera frenar los contagios. Debido al contexto señalado, se dieron una serie de incumplimientos en las obligaciones contractuales, por lo que, resulta necesario justificar la intervención del Estado frente a dicha situación, contribuyendo a la solución de esos incumplimientos; puesto que los dispositivos regulados en nuestro Código Civil, resultan ser insuficientes en dicho contexto.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
dc.publisherPE
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectArrendamiento
dc.subjectIncumplimiento de contrato
dc.titleCumplimiento de los contratos de arrendamiento en una declaratoria de emergencia
dc.typeTesis


Este ítem pertenece a la siguiente institución