dc.contributorSuqui Romero, Gabriel Yovany
dc.creatorCarrion Wong, Vanessa Elizabeth
dc.date.accessioned2018-04-10T15:11:53Z
dc.date.accessioned2022-10-21T19:50:20Z
dc.date.available2018-04-10T15:11:53Z
dc.date.available2022-10-21T19:50:20Z
dc.date.created2018-04-10T15:11:53Z
dc.date.issued2018
dc.identifierCarrion Wong, Vanessa Elizabeth. (2018) La defensa técnica y la influencia en la voluntad del procesado a la hora de someterse a procedimiento abreviado (trabajo de titulación). UTMACH, Unidad Académica de Ciencias Sociales, Machala, Ecuador. 52 p.
dc.identifierECUACS-2018-JUR-DE00163
dc.identifierhttp://repositorio.utmachala.edu.ec/handle/48000/12454
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4648847
dc.description.abstractMi objetivo principal en el siguiente estudio de caso es el de dar una buena aplicación de defensa técnica al procesado al momento de someterse a procedimiento abreviado, teniendo en cuenta que defensa técnica es el desempeño del abogado y su deber de defender, asesorar y aconsejar un correcto asesoramiento a la persona que requiere de sus servicios. La Constitución de la República del Ecuador en su Artículo 76 numeral 7, nos dice: “El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: a) Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento. b) Contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su defensa. c) Ser escuchado en el momento oportuno y en igual de condiciones. d) Los procedimientos serán públicos salvo las excepciones previstas por la ley. Las partes podrán acceder a todos los documentos y actuaciones del procedimiento. e) Nadie podrá ser interrogado, ni aun con fines de investigación, por la Fiscalía General del Estado, por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la presencia de un abogado particular o un defensor público, ni fuera de los recintos autorizados para el efecto. f) Ser asistido gratuitamente por una traductora o traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma en el que se sustancia el procedimiento. g) En procedimientos judiciales, ser asistido por una abogada o abogado de su elección o por defensora o defensor público; no podrá restringirse el acceso ni la comunicación libre y privada con su defensora o defensor. h) Presentar de forma verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra. i) Nadie podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia.
dc.languagees
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/
dc.rightsopenAccess
dc.subjectDEFENSA TÉCNICA
dc.subjectPROCESO PENAL
dc.subjectVOLUNTAD
dc.subjectPROCEDIMIENTO
dc.titleLa defensa ténica y la influencia en la voluntad del procesado a la hora de someterse a procedimiento abreviado
dc.typeTesis


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