dc.contributorBenavides Ordóñez, Jorge Isaac, dir.
dc.creatorCordero Espinosa, Luis Daniel
dc.date.accessioned2016-10-10T16:07:20Z
dc.date.accessioned2022-10-21T19:29:33Z
dc.date.available2016-10-10T16:07:20Z
dc.date.available2022-10-21T19:29:33Z
dc.date.created2016-10-10T16:07:20Z
dc.date.issued2016
dc.identifierCordero Espinosa, Luis Daniel. El Estado como sujeto activo de las garantías constitucionales de acción de protección y extraordinaria de protección. Quito, 2016, 116 p. Tesis (Maestría en Derecho. Mención en Derecho Constitucional). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.
dc.identifierT-2011
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10644/5098
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4638792
dc.description.abstractConstitución del Ecuador que entró en vigencia el 20 de octubre de 2008, contiene en su parte dogmática un extenso catálogo de derechos que han sido reconocidos a las personas, así como también una gran abanico de garantías que pueden activarse frente a las violaciones de los derechos fundamentales, que marca un antes y un después en el constitucionalismo ecuatoriano. Nunca un texto constitucional en la historia ecuatoriana, estaba impregnada de tantas garantías a las cuales recurrir frente a violaciones de los derechos fundamentales, de las cuales, nos vamos a referir en la presente tesis a la acción de protección y extraordinaria de protección. En teoría se supone que la activación de estas garantías constitucionales que introduce la actual Constitución del Ecuador, está relacionada con la titularidad de algún derecho consagrado en la Constitución o en los Instrumentos Internacionales de derechos Humanos; no obstante, en el Ecuador se ha dado pábulo para que el Estado a través de sus instituciones, sea considerado como sujeto activo de estas garantías jurisdiccionales, lo que genera la siguiente interrogante: ¿Es el Estado, a través de sus instituciones, titular de derechos constitucionales, y como tal habilitado para incoar acción de protección y extraordinaria de protección?. En este trabajo pretendemos demostrar que esta posibilidad del Estado como titular de derechos, debilita no sólo la concepción de Estado de Derechos garantista, sino que además encapsula para el propio Estado la posibilidad de garantizarse a si mismo sus derechos constitucionales, en una especie de autotutela constitucional; y, destruye la teoría del derecho subjetivo como relación jurídica de correlatividad.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/
dc.rightsopenAccess
dc.subjectGARANTÍAS CONSTITUCIONALES
dc.subjectACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN
dc.subjectACCIÓN ORDINARIA DE PROTECCIÓN
dc.titleEl Estado como sujeto activo de las garantías constitucionales de acción de protección y extraordinaria de protección
dc.typemasterThesis


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