dc.contributorEguiguren Valdivieso, Genaro, dir.
dc.creatorBaldeón Barriga, Carlos Gerardo
dc.date.accessioned2013-04-18T08:22:15Z
dc.date.accessioned2022-10-21T19:29:24Z
dc.date.available2013-04-18T08:22:15Z
dc.date.available2022-10-21T19:29:24Z
dc.date.created2013-04-18T08:22:15Z
dc.date.issued2013
dc.identifierBaldeón Barriga, Carlos Gerardo. La normalización en la contratación pública. Quito, 2013, 124 p. Tesis (Maestría en Derecho. Mención en Contratación Pública y Modernización del Estado). Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Área de Derecho.
dc.identifierT-1177
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10644/3197
dc.identifier.urihttps://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/4638703
dc.description.abstractEl 4 de agosto de 2012 se publica en el Ecuador la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la cual produce un giro de ciento ochenta grados en las contrataciones de obras bienes o servicios que realiza el Estado, sobre todo por la utilización de medios tecnológicos que permiten, entre otros aspectos, transparentar la información generada en los diferentes procesos de contratación pública. En este contexto, aparece el término “normalización” como un adjetivo de ciertos bienes o servicios que, por reunir algunas características, deben contratarse a través de los denominados medios dinámicos -esto es la subasta inversa electrónica y el catálogo electrónico- en los cuales, el criterio de adjudicación es el precio más bajo, conforme lo determinado en el artículo 6 número 17 de la antedicha Ley. No obstante lo anteriormente expuesto, la normalización como un concepto netamente técnico es la tendencia natural al orden, que básicamente consiste en el proceso de elaboración e implementación de normas, a efectos de lograr, entre otros aspectos, la calidad de los bienes y servicios, incluidos las obras y la consultoría. De esta forma, es necesario determinar que la normalización no puede ser considerada como un criterio de adjudicación de ciertos bienes o servicios, sino que por el contrario puede ser utilizada en obras, bienes, servicios y consultoría, a efectos de aprovechar sus mayores beneficios, principalmente vinculados con la calidad de los productos.
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/
dc.rightsopenAccess
dc.subjectCONTRATACIÓN PÚBLICA
dc.subjectLEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
dc.subjectNORMALIZACIÓN
dc.subjectLEGISLACIÓN ECUATORIANA
dc.titleLa normalización en la contratación pública
dc.typemasterThesis


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