dc.contributorAlonso Pardo, María Teresa
dc.date.accessioned2021-08-12T15:35:53Z
dc.date.available2021-08-12T15:35:53Z
dc.date.created2021-08-12T15:35:53Z
dc.date.issued2020-07
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10908/18357
dc.description.abstractEn el contexto de los continuos avances tecnológicos que han creado una novedosa modalidad bajo la cual se desarrolla el trabajo humano, la prestación del servicio de trasporte de pasajeros llevada a cabo a través de la aplicación móvil UBER, presenta interrogantes a la luz del modelo tradicional de trabajo, llevando ello a preguntarnos si encuadra en el concepto de relación de dependencia o no y, en su caso, bajo qué condiciones. Los recientes fallos dictados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los cuales se analizó la existencia o no de una relación de empleo, así como también los precedentes emanados de la Justicia Nacional del Trabajo respecto de una actividad similar, como es el caso de los conductores de remís, permiten concluir que el vínculo entre el conductor y la empresa que explota la aplicación móvil es de tipo asociativo y ajeno a la órbita del derecho laboral, si es el conductor quien aporta el vehículo, recibe el pago directamente del pasajero y conserva la mayor parte de la tarifa entregando sólo un porcentaje a la empresa, decide libremente qué días y horas y por cuánto tiempo conectarse a la aplicación móvil, corre con la totalidad de los gastos del vehículo y despliega su actividad sin someterse a directivas ni a poder disciplinario alguno más allá de aquellos controles que puedan ser considerados propios de toda organización empresaria y, en especial, de aquellos controles razonables cuando la actividad consiste en la prestación de servicios a terceros.
dc.publisherUniversidad de San Andrés. Departamento de Derecho
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.title¿Constituye trabajo en relación de dependencia el servicio prestado por los conductores de Uber a la luz de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo?
dc.typeTesis
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesis
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/tesis de maestría
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/updatedVersion


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