dc.creatorCuatín Peña, Nina Amparo
dc.date.accessioned2018-11-23 14:01:21
dc.date.accessioned2022-09-09T21:03:09Z
dc.date.available2018-11-23 14:01:21
dc.date.available2022-09-09T21:03:09Z
dc.date.created2018-11-23 14:01:21
dc.date.created2022-09-09T21:03:09Z
dc.date.issued2018-11-23
dc.identifier10.18601/16926722.n13.08
dc.identifier2346-2434
dc.identifier1692-6722
dc.identifierhttps://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/10881
dc.identifierhttps://doi.org/10.18601/16926722.n13.08
dc.description.abstractTeniendo en cuenta el principio de especialidad aplicado en materia tributaria, que se refleja en los siguientes postulados: 1.) la norma especial prima sobre la norma general; 2.) la norma superior prima sobre la inferior; 3.) la norma posterior prima sobre la anterior, así como el principio de igualdad, que consiste en aplicar la ley en cada una de las circunstancias según las diferencias constitutivas de las mismas, el presente artículo procede a plantear el análisis de las notificaciones administrativas y tributarias, con el fin de aplicar, tanto el test establecido por la Corte Constitucional Colombiana, como el criterio planteado por el Tribunal Supremo del Perú, para verificar si prevalece el principio de igualdad o el de especialidad; estableciendo previa y claramente los cambios históricos que ha sufrido cada medio de notificación en el área del Derecho respectiva. Como en el caso de la notificación personal, que tiene gran trascendencia en el ordenamiento jurídico colombiano porque es el medio que resulta más efectivo procesalmente, para garantizarles a los interesados el conocimiento de las decisiones administrativas y judiciales, la cual en el procedimiento administrativo general se encuentra reservada para todos los actos definitivos, es decir, aquellas decisiones que concluyen la actuación administrativa o deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, en el presente estudio se pudo establecer que en el caso de la notificación por correo, en materia tributaria, de dichos actos no se cumple el referido test de igualdad y, por ende, el principio de especialidad debe ceder ante el de igualdad.
dc.description.abstractTaking into account the principle of specialty applied in tax matters reflected in the following postulates: 1.) The special premium standard on the general standard; 2. The top standard above the bottom; 3.) The subsequent premium standard above the above. As well as the principle of equality, which consists in applying the law in each of the circumstances according to the constituent differences of the same, this article proceeds to consider the analysis of administrative and tax notification, in order to apply both the test established by the Court and the criterion posed by the Peru Supreme Court, To verify whether the principle of equality or specialization prevails; Establishing prior and clearly the historical changes that each means of notification has undergone in the low specific area. As in the case of personal notification, which has great significance in the Colombian legal system because it is the most effective means procedurally, to guarantee to the interested parties the knowledge of the administrative an judicial decisions; so much that it is reserved for those decisions that put an end to an administrative action, that is to say those decisions that conclude the administrative action or decide directly or indirectly the substance of the matter, in the present study it was possible to establish, in the case of the mail notification, in tax matter, of such acts is not fulfilled the referred equality test and therefore the principle of specialization must yield to equality.
dc.languagespa
dc.publisherCentro de Estudios Fiscales
dc.relationhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/download/5682/7079
dc.relationhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/download/5682/9157
dc.relationhttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/download/5682/9220
dc.relationNúm. 13 , Año 2018 : Julio-Diciembre
dc.relation252
dc.relation13
dc.relation213
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dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.rightsNina Amparo Cuatín Peña - 2018
dc.sourcehttps://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/5682
dc.subjectSpecialty principle;
dc.subjectDue process;
dc.subjectEquality principle;
dc.subjectGeneral Administrative Procedure;
dc.subjectTax Administrative Procedure;
dc.subjectPersonal notification;
dc.subjectNotification by edict Mail notification
dc.subjectPrincipio de especialidad;
dc.subjectDebido proceso;
dc.subjectPrincipio de igualdad;
dc.subjectProcedimiento administrativo general;
dc.subjectProcedimiento administrativo tributario;
dc.subjectNotificación personal;
dc.subjectNotificación por edicto;
dc.subjectNotificación por aviso;
dc.subjectNotificación por correo
dc.titleRégimen de notificaciones tributarias - Evolución, influencia y críticas frente al procedimiento administrativo general y la aplicación del principio de igualdad sobre el de especialidad
dc.typeArtículo de revista


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