dc.contributorPeña Muñoz, Oscar Javier
dc.creatorRuiz Pedreros, Katherine Julieth
dc.date.accessioned2018-10-17T13:56:39Z
dc.date.accessioned2019-12-26T21:25:55Z
dc.date.accessioned2022-09-28T20:57:39Z
dc.date.available2018-10-17T13:56:39Z
dc.date.available2019-12-26T21:25:55Z
dc.date.available2022-09-28T20:57:39Z
dc.date.created2018-10-17T13:56:39Z
dc.date.created2019-12-26T21:25:55Z
dc.date.issued2018-09-12
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10654/18113
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/3738090
dc.description.abstractEl presente trabajo tiene como objetivo analizar el contenido y alcance de la salud en la cobertura de pólizas de seguros de salud en relación con el Estado, el Afiliado y la aseguradora. El acceso inoportuno y la afectación de la calidad del servicio en el Sistema General de Seguridad Social en Salud han incentivado la suscripción de planes voluntarios (PVS). Dichos planes son: (i) Planes de Atención Complementaria (PAC); (ii) medicina pre-pagada de atención pre hospitalaria o servicios de ambulancia pre-pagada (PMP) y (iii) pólizas de seguros de salud (PSS). En lo que concierne a las pólizas de seguros de salud, la relación contractual contempla dos principios que condicionan el contenido y alcance del derecho a la salud. Por lo tanto, las controversias contractuales que se generan en este negocio jurídico, las cuales afectan sustancialmente este derecho, requiere examinar la salud como derecho, diferenciar en términos económicos el tipo de cobertura que oferta el SGSSS y las aseguradoras, finalmente, estudiar la salud desde la perspectiva del servicio.
dc.languagespa
dc.publisherFacultad de Derecho
dc.publisherDerecho
dc.publisherDerecho - Derecho
dc.publisherUniversidad Militar Nueva Granada
dc.relationGarcía-Ubaque, C., García-Ubaque, J., & Vaca-Bohórquez, M. (2013). Evolución del marco normativo de la salud ambiental. Rev. salud pública. , 57-59.
dc.relationHernández-Álvarez, M. (2008). El concpeto de equidad y el debate sobre lo justo en salud. Revista Salud Publica, 73.
dc.relationAbril, F. G. (2016). La salud como Servicio Publico o derecho en el negocio entre los actores privados del Sistema de Salud en Colombia . Derecho y Realidad , 60-61.
dc.relationArango-Soler, J., Luna-García, J., Correa-Moreno, Y., & Campos, A. (2013). Marco legal de los riesgos profesionales y la salud ocupacional . Rev. salud pública, 355.
dc.relationArias Valencia, S. (2017). Epidemiologia, equidad en salud y justicia social . Revista Nacional de Salud Pública , 188-191.
dc.relationAsamblea General de las Naciones Unidas. (18 de diciembre de 1982). Principios de la etica medica aplicables a la funcion de personal en salud, especialmente los medicos en la proteccion de personas presas y detenidas contra la tortura y otras tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Resolucion 37/194. Nueva York, EEUU: Asamblea General de las Naciones Unidas.
dc.relationAtienza, M. (2006). tres concepciones de la argumentacion . En M. Atienza, el derecho como argumentacion (págs. 76-77). Barcelona : Ariel S.A.
dc.relationBanco Interamericano de Desarrollo. (2014). Planes de beneficios en salud de América Latina. Bogota : Ursula Giedion;Ricardo Bitrán;Ignez Tristao.
dc.relationBejerano, R. S., & Florez Aristizabal, E. (2002). Principios Rectores de los contratos civiles y mercantiles . Principios mercantiles en la ley . Bogota , Colombia : Universidad de la Sabana .
dc.relationBenave Fernandez del Valle, A. (2010). fuentes y tecnicas del derecho internacional. En A. Benave Fernandez del Valle, Filosofia del dereho internacional (págs. 91-94). Mexico: Universidad Autonoma de Mexico.
dc.relationBotero Bernal , A. (2015). Sobre el uso de la bibliografía en la investigación jurídica. pensamiento juridico No.43, 480-481.
dc.relationBrumat, L. (2016). libertad de circulacion "definicion y genesis". En L. Brumat , politicas migratorias y libertad de circulacion en el mercosur (págs. 83-84). Buenos Aires: FLACSO Argentina.
dc.relationCaicedo, J. I. (2016). Selección de riesgo en el sistema de seguridad social en salud de Colombia. Sistema General de seguridad Social . Bogota , Colombia : Grupo de Investigación en Economía Regional y Urbana (GIERU).
dc.relationCardenas Garcia, D. (2011). Los Ecosistemas y yla salud publica . Revista Spei Domas , 9-10.
dc.relationCárdenas, M. B. (2010). Los seguros en Colombia. Apuntes Contables, 53-54.
dc.relationCarta de las Naciones Unidas . (26 de junio de 1945). Articulo 48. Carta de las Naciones Unidas . San Francisco, EEUU: Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional.
dc.relationCarta de las Naciones Unidas . (26 de junio de 1946). capitulo XI Declaración relativa a territorios no autonomos . Carta de las Naciones Unidas . San Francisco , EEUU: la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional.
dc.relationCarta de las Naciones Unidas. (26 de junio de 1945). articulo 55. carta de las Naciones Unidas. San Francisco, EEUU: Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional.
dc.relationClimstein, M., & Egger, G. (2017). Actividad Fisica: prescripcion general para la salud fisica. Niveles de actividad, mortalidad, morbilidad y bienestar. En G. Egger, A. Binns, S. Rossner, & M. Sagner , Medicina del Estilo de vida (págs. 143-144). Barcelona : ELSEVIER.
dc.relationComite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales . (2 de diciembre de 1999). El derecho a la educación (artículo 13 del Pacto). Observación general 13 El derecho a la educación (Art.13) . Ginebra , Suiza : Consejo Social y económicos del DESC.
dc.relationComite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales. (12 de Mayo de 1999). El derecho a una alimentación adecuada (art. 11). Observacion General numero 12 El derecho a una alimentación adecuada (art. 11). Ginebra, Suiza: Consejo Económico y Social .
dc.relationComite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales. (11 de Agosto de 2000). Observación General No. 14. El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud. Ginebra, Suiza: Consejo Económico y Social .
dc.relationComite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales. (22 de noviembre de 2002). Observacion General No. 15. El fundamento jurídico del derecho al agua. Ginebra, Suiza: Consejo Economico y Social.
dc.relationComite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales. (25 de Noviembre de 2005). Observacion No. 18 Introduccion y premisas . Obsrvacion No. 18 Artículo 6 del Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales. Ginebra , Suiza : Consejo Económico y Social .
dc.relationConsultorSalud . (01 de junio de 2017). ConsultorSalud . Obtenido de ConsultorSalud: http://www.consultorsalud.com/nuevo-plan-de-beneficios-2017-resolucion-6408-de-2016
dc.relationConvencion de Viena. (23 de mayo de 1969 ). Convencion de Viena derechos de los Tratados. Viena , Austria : Comisión de Derecho internacional de las Naciones Unidas.
dc.relationConvención de Viena derecho de los tratados. (23 de mayo de 1969). articulo 53. Convencion de Viena derecho de los tratos . Viena , Austria .
dc.relationCorrea Zambrano, M. L. (2016). La Humanizacion de la atencion en los servicios de salud: un asunto de cuidado. Revista CUIDARTE, 128-129.
dc.relationCorte Internacional de Justicia . (26 de junio de 1945). Estatuto de la Corte Internacional de Justicia . articulo 38. Capitulo II. San Francisco,, California, Estados Unidos .
dc.relationCorte Internacional de Justicia . (26 de Junio de 1945). Estatuto de la Corte Internacional de Justicia . articulo 59. capitulo III. San Francisco , California , Estados Unidos .
dc.relationCuevas , M. C. (2011). marco teorico del regimen de reservas. En M. C. Cuevas, Regimen de reservas tecnicas en Colombia (págs. 496-510). Bogota D.C: Fasecolda .
dc.relationde Courten , M., de Courten , B., Egger, G., & Sagner , M. (2017). Epidemiologia de la enfermedad cronica. En G. Egger , A. Binns, S. Rossner , & M. Sagner , Medicina del estilo de vida (págs. 14-15). Barcelona : ELSERVIER .
dc.relationDeclaracion de Estocolmo . (16 de Junio de 1972). Declaracion de Estocolmo. principios . Estocolmo , Suiza : Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente humano .
dc.relationDeclaracion de Rio de Janeiro. (14 de junio de 1992). Principio 1. Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Rio de Janeiro, Brasil: La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
dc.relationDefensoria del Pueblo . (2010). Introducción y justificación . Primera Evaluacion de la política Pública de salud a la luz del derecho a la salud . Bogota , Colombia : programa de seguimiento y evaluación de políticas Públicas ProSeDHer.
dc.relationDefensoria del pueblo. (2010). capitulo I: el derecho a la salud y las obligaciones del Estado en materia sanitaria: definicion politica publica. En M. Polo Rosero , H. Toro Parra , T. I. Ahogado Lara , M. E. Mora González, M. N. Rodríguez , & M. Moreno , Primera Evaluacion de la politica Publica a la luz del derecho a la salud (págs. 24-25). Bogotá, Colombia: Programa de seguimiento y Evaluacion de las Políticas Publicas ProSeDHer.
dc.relationDefensoria del Pueblo Colombia. (2010). Primera Evaluacion de la politica publica de salud. En V. P. Ortiz, G. E. Ramirez Vanegas , & M. Polo Rosero , El Derecho a la Salud y las obligaciones del Estado en materia sanitaria: Marco para la evaluación y seguimiento de las Políticas Públicas en salud (págs. 16-21). Bogotá: ProSeDher .
dc.relationdefinicion.com. (14 de diciembre de 2017). definicion de concepto . Obtenido de definicion.com : https://definicion.de/concepto/
dc.relationDíaz-Granados Prieto, J. J. (2017). Glosas sobre el riesgo asegurable en. Rev.Ibero-Latinoam.Seguros, 153-154.
dc.relationEcheverri, M. E. (2006). Derecho a la salud, Estado y Globalizacion . Revista Facultad Nacional Salud Pública, 81-82.
dc.relationEgger, G., Binns, A., Rossner, S., & Sagner , M. (2017). Introduccion a los factores del riego del estilo de vida. En G. Egger, A. Binns, S. Rossner, & M. Sagner, Medicina del estilo de vida (págs. 3-5). Barcelona: ELSERVER.
dc.relationEscobar Lopez , M. (2012). Bioética mas allá del Principialismo. Bioeditorial, 07.
dc.relationEstrada, J., & Herrera Tapias, B. (2016). Contrato por adhesión y relación de consumo en el Estatuto del Consumidor Colombiano. Revista de Ciencias Sociales (RCS), 169-170.
dc.relationFranco , S. (2015). Salud para la paz y la paz para la salud . Revista genrencial politica en salud , 5-6.
dc.relationFrenk , J. (2016). la practica de la salud publica. En J. Frenk , La salud de la población. Hacia una nueva salud publica (págs. 8-10). Mexico : Fondo de Cultura economica .
dc.relationFrenk, J. (2016). definición de salud pública. En J. Frenk, La salud de la población. Hacia una nueva salud Pública (págs. 2-3). Mexico: Fondo de Cultura Economica.
dc.relationG.Vigo, A. (2002). Hans Georg Gadamer y la filosofia Hermenéutica . Estudios Públicos , 241-243.
dc.relationGarcia Amando , J. A. (2017). Justicia distributiva y Estado social. ¿Debe ser el Estado social un Estado igualitario? Dialnet, 270.
dc.relationGaviria, C. (2007). El Estado Social de Derecho y la presión política por el cambio. FORO revista de derecho, No. 7, 7-8.
dc.relationGutierrez, G. B. (2016). Tres ensayos acerca de aseguramiento en salud: identificación y evaluación de consecuencias de asimetrías de información. Subsidio a los Planes Voluntarios de y salud y gasto publico. Bogota, Colombia: Universidad de los Andes.
dc.relationGutiérrez, G. B. (2016). Tres ensayos acerca de aseguramiento en salud: identificación y evaluación de consecuencias de asimetrías de información. Cobertura de salud voluntaria en Colombia: ¿selección adversa o ventajosa? Bogotá, Colombia : Universidad de Los Andes.
dc.relationHerdegen , M. (2005). relacion entre el derecho internacional y el derecho interno. En M. Herdegen , Derecho Internacional Publico (págs. 166-173). Mexico: Korand Adenauer Stiftung.
dc.relationHerdegen, M. (2005). Producción jurídica a través de las Organizaciones Internacionales . En M. Herdegen, Derecho Internacional Publico (págs. 162-165). Mexico: Fundacion Konrad Adenauer.
dc.relationHerdegen, M. (2005). Capitulo III Fuentes del derecho internacional. En M. Herdegen, Derecho Internacional Publico (págs. 113-119). Mexico: Korand Adenaur Stiftung.
dc.relationHerdegen, M. (2005). Capitulo III Fuentes del derecho internacional. En M. Herdegen, Derecho Internacional Publico (págs. 160-161). Mexico: Konrad Adenauer Stiftung.
dc.relationHerdegen, M. (2005). capitulo VII principios fundamentales de las relaciones internacionales. En M. Herdegen, Derecho internacional publico (págs. 272-273). Mexico: Fundación Konrad Adenauer.
dc.relationHerdegen, M. (2005). Capitulo VII Principios Fundamentales de las relaciones internacionales. En M. Herdegen, Derecho Internacional Publico (págs. 245-246). Mexico: Konrad Adenauer.
dc.relationHerdegen, M. (2005). Principios generales del derecho. En M. Herdegen, derecho internacional publico (págs. 156-160). Mexico: Fundacion Konrad Adenauer.
dc.relationHernandez, D. M. (2016). Practicas abusivas en los contratos de seguros: la clausula de preexistencia . ADVOCATUS , 162-163.
dc.relationHerrera, S. M. (Mayo de 2016). LA UBÉRRIMA BUENA FE DE LAS ASEGURADORAS EN EL CONTRATO DE SEGUROS . La buena fe en el contrato de seguros fundamentos teoricos . Bogota : Universidad de Manizales .
dc.relationInforme Belmont. (19 de Abril de 1979). Principios y guias éticos para la protección de los sujetos humanos de investigacion Clínica . Informe Belmont . EEUU: Comisión Nacional para la protección de los sujetos humanos de investigacion bioética y del comportamiento .
dc.relationKornblit, A. L., & Mendes, A. M. (2000). capitulo I: el proceso salud enfermedad. En A. L. Kornblit, & A. M. Mendes, La salud y la enfermedad: Aspectos biologicos y sociales (págs. 18-19). Mexico : AIQUE.
dc.relationLohera, A. B. (2009). el seguro en la teoria moderna financiera. Revista Eknomiaz, 94-109.
dc.relationMartinez Martin, F. L. (diciemre de 2008). ¿derecho a la salud o equidad en salud? Obtenido de salud colombia: http://www.saludcolombia.com/actual/documentos/EL%20DERECHO%20A%20LA%20SALUD%20O%20LA%20EQUIDAD%20EN%20SALUD.pdf
dc.relationMcHenry Anwar, J., Donovan , R., & Egger , G. (2017). felicidad y salud mental ¿qué es la salud mental? En G. Egger , A. Binns , S. Rosser , & M. Sagner , Medicina del Estilo de vida (págs. 209-210). Barcelona : ELSEVIER.
dc.relationMinisterio de salud y la Proteccion Social . (29 de diciembre de 2016). Ministerio de Salud y la Poteccion Social. Recuperado el 25 de mayo de 2017, de Minsalud define el valor de la UPC para el 2017: https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Minsalud-define-valor-de-la-UPC-para-2017.aspx
dc.relationMorales, G. M., Vicente Merino , A., Hernandez March, J., Caballero Carbonel , A., & Maeno Lorente , J. (24 de abril de 2015). Elementos de matematica Actuarial . Recuperado el 31 de marzo de 2017, de Sobre Prevision Social y seguros de vida : http://pendientedemigracion.ucm.es/info/sevipres/P2/01/2_1_1.php
dc.relationMoreno, J. R. (2010). La emergencia Social en Salud: de las contigencias regulatorias a la desilución ciudadana. Gerencia, Politica, Salud, 124-143.
dc.relationMurcia, S. L., & Reina Parrado , W. (2004). Reticencia e Inexactitud en el contrato de seguros. En S. L. Murcia, & W. R. Parrado, inexactitudes y reticencias en la declaracion del estado del riesgo (págs. 55-). Bogotá: 2004.
dc.relationMushkin, S. (1999). Hacia una nueva definicion de la economia de la salud. Lecturas de Economía , 92-111.
dc.relationOMS. (julio de 2002). ¿Qué se entiende por derecho a la salud? veinticinco peguntas y respuestas salud y derechos humanos . Ginebra , Suiza : Organizacion Mundial de la Salud .
dc.relationOMS. (11 de enero de 2009). Marco Conceptual de la Clasificacion internacional para la seguridad del paciente Versión 1.1 informe teécnico definitivo. Obtenido de Organizacion Mundial de la Salud: http://www.who.int/patientsafety/implementation/taxonomy/es/
dc.relationONU . (25 de junio de 1993). ordinal 5. Conferencia Mundial de derechos Humanos. Declaración y Programa y Acción de Viena de 1993. Viena, Austria.
dc.relationOrdoqui Castilla , G. (1998). capitulo XII el consentimiento. En G. Ordoqui Castilla , Lecciones de derecho de las obligaciones (págs. 15-27). Montevideo : Del Foro S.R.L.
dc.relationOrganizacion Mundial de la Salud . (21 de noviembre de 1986). Carta de Ottawa Primera Conferencia Internacional para la Promoción de la Salud. promocionar la salud . Ottawa, Canada: Organización Mundial de la Salud .
dc.relationOrganizacion Mundial de la Salud. (Diciembre de 2001). Lista de términos de la Organización Mundial de la Salud . Obtenido de Organizacion Mundial de la Salud: http://www.medtrad.org/panacea/IndiceGeneral/n6_OMS.pdf
dc.relationOrtiz Monsalve , A. (2010). Unidad Ocho: la Capacidad. En A. Ortiz Monsalve , Manual de obligaciones (págs. 69-70). Bogota : Temis S.A.
dc.relationOrtiz Monsalve, A. (2010). objeto y causas licitos. En A. Ortiz Monsalve, Manual de las obligaciones (págs. 73-76). Bogotá : Temis S.A.
dc.relationOutomuro , D., & Mirabile, L. M. (2012). derecho a la intimidad y su vinculacion con la salud . Revista Latinoamericana de Bioetica , 82-84.
dc.relationPascuzzo-Lima, A. (14 de octubre de 2013). Análisis Estadísticos para Ensayos Clínicos y Estudios Epidemiológicos. Recuperado el 4 de enero de 2018, de Test Diagnóstico y Gold Standard: http://aldanalisis.blogspot.com.co/2013/10/test-diagnostico-y-gold-standard.html
dc.relationPautassi, L. C. (2016). La complejidad de articular derechos: alimentación y cuidado. Salud Colectiva, 625-626.
dc.relationPerez Valbuena , G., & Silva Ureña, A. (2011). Marco conceptual del analisis de los gastos de bolsillo desde la teoria del consumidor . Una mirada a los gastos de bolsillo en salud para Colombia . Cartagena , Colombia : Banco de la Republica Centro de Estudios Económicos Regionales (CEER).
dc.relationPinilla, K. F. (2010). competencia regulada en el sistema de salud . Lebret , 73-91.
dc.relationPinzon, D., Vargas, M. J., & Zarruk , A. (2013). El Sistema General de Seguridad Social. El rol de los Planes voluntarios de Salud . Fasecolda , 296-300.
dc.relationPrieto, J. J. (2015). El interes asegurable como elemento escencial del contrato de seguros de vida . RIS Bogota , 111-164.
dc.relationRodriguez Gaona , R. (2013). Capitulo II: Fundamentacion de los derecho. En R. Rodriguez Gaona , Lecciones sobre derechos fundamentales (págs. 121-122). Mexico : Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo .
dc.relationRojas , M. D. (2004). La vulnerabilidad y el riesgo de la vivienda para la salud humana desde una perspectiva holistica . Cuaderno Urbano No. 4 Espacio, Cultura y Sociedad , 148-162.
dc.relationRuano, C. G. (2001). La consensualidad en el contrato de seguros . fundamentos del principio de la consensualidad en el principio de autonomia de la voluntad. Bogota , Colombia : Universidad Javeriana.
dc.relationRuiz Arazola , A., & Perestelo Perez , L. (2012). Participación ciudadana en salud: formación y toma de decisiones compartida. Informe SESPAS 2012. Gaceta Sanitaria, 158-161.
dc.relationRuiz Gañan , J. (2010). concepto del derecho a la libertad economica. Naturaleza juridica del derecho a la libertad economica. Los muertos de la Ley 100: prevalencia de la Libertad Económica sobre el derecho fundamental a la salud. Bogotá: Universidad Externado.
dc.relationRuiz Gañan , J. (2010). Libertad economica. Evolucion en la legislacion y jurisprudencia. Los muertos de la Ley 100: Prevalencia de la Libertad Económica Sobre el derecho Fundamental a la salud. Bogota, Colombia: Universidad Externado.
dc.relationRuiz Gañan , J. (2010). Sobre los servicios publicos en general. Los muertos de la Ley 100: Prevalencia de la Libertad Económica sobre el derecho fundamental a la salud. Bogotá: Universidad Externado.
dc.relationRuiz, J. H. (2015). Selección de riesgo en el seguro de salud. Seguros de Asistencia Sanitaria. Seleccion del riesgo. Barcelona, España: Universidad de Barcelona.
dc.relationRuiz, J. L. (2010). Los Muertos de la Ley 100: Prevalencia de la Libertad Económica sobre el derecho fundamental a la salud. constitucionalidad del SGSSS desde la perpectiva de la economia de los particulares en la administracion o prestacion del servicio de salud. Bogota, Colombia: Universidad Externado.
dc.relationRuiz-Azarolaa, A., & Perestelo-Pérez, L. (2012). Participación ciudadana en salud formación y toma de decisiones compartida Informe SESPAS 2012. Gaceta Sanitaria Escuela Andaluza de Salud Pública, Granada, España, 158-162.
dc.relationSalech, F., Mery , V., Larrondo, F., & Rada, G. (2008). Estudios que evaluan un test diagnostico: interpretando sus resultados. Revista de Medicina de Chile, 1203-1208.
dc.relationSanchez, C. A., & Martinez Del Rio Samper , N. (2012). El interes asegurable como un elemento esencial del contrato de seguros de daños . RIS Bogotá , 13-36.
dc.relationSánchez, F. P. ((2016). Disposiciones de los estatutos de proteccion al consumidor de particular incidencia en el contrato de seguros. En F. P. Sánchez, Seguros: temas esenciales. Bogotá: Ecoe Ediciones.
dc.relationSánchez, F. P. (2016). Elementos escenciales para la construccion de un sistema de seguros. En F. P. Sánchez, Seguros: temas esenciales. Bogota: Ecoe Ediciones.
dc.relationSánchez, F. P. (2016). Los Seguros de Vida. El concepto del riesgo en el seguro de vida. En F. P. Sánchez, Seguros: temas esenciales. Bogota: Ecoe Ediciones.
dc.relationSánchez, F. P. (2016). Seguros: temas esenciales. En F. P. Sánchez, el contrato de seguros como contrato de adhesión. Bogota: Ecoe Ediciones.
dc.relationSanhueza, R. (1997). Riesgo y Mercado seguridad social en salud. estudios de economía, 140-141.
dc.relationSantamaria, A., & Isnardo, A. (septiembre de 2016). Incidencia de la Reticencia en el contrato de seguros. Reticencia e inexactitud en el contrato de seguros. Bogota: Universidad Catolica.
dc.relationSantamaria, A., & Isnardo, A. (septiembre de 2016). Obligaciones del tomador. Precontractuales . Reticencia e inexactitud en el contrato de seguros. Bogotá , Colombia : Universidad Catolica .
dc.relationSemplici, S. (2010). el "más alto nivel posible". Un derecho asimetrico. Acta de Bioethica, 133-136.
dc.relationSevilla Arias , A. (15 de diciembre de 2016). Bien publico . Obtenido de Economipedia: Haciendo mas facil la economia : http://economipedia.com/definiciones/bien-publico.html
dc.relationSevilla Arias , A. (16 de diciembre de 2016). definicion economica de bien . Obtenido de Economipedia; Haciendo facil la economia: http://economipedia.com/definiciones/bien.html
dc.relationSierra, M. V. (2016). Naturaleza jurídica del seguro. Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 161-162.
dc.relationSignificados.com. (14 de diciembre de 2017). Homeostasis. Obtenido de Significados.com: https://www.significados.com/homeostasis/
dc.relationSutorius , M., & Rodriguez , S. (2015). Fundamentalidad del derecho al agua en Colombia . Revista de derecho del Estado , 245-246.
dc.relationTamayo Lombana , A. (2012). La causa, ultima condicion para la eficacia del acto juridico. Nocion General. En A. Tamayo Lombana , Manual de obligaciones (págs. 206-222). Bogota : Temis S.A.
dc.relationTamayo Lombana, A. (2012). El objeto de la Obligacion y el objeto del contrato. En A. Tamayo Lombana, Manual de las Obligaciones Teoria del acto juridico y otras fuentes (págs. 198-205). Bogotá: Temis.
dc.relationTamayo Lombana, A. (2012). Parte segunda: condiciones esenciales para la validez del acto juridico. Capitulo XI La capacidad. En A. Tamayo Lombana , Manual de las obligaciones. Teoria del acto juridico y otras fuentes (págs. 115-116). Bogota: Temis S.A.
dc.relationTapia Conyer , R. (2016). metodologia epidemiologica de la salud . En R. Tapia Conyer , Manual de la salud publica (págs. 24-25). México : Intersistemas.
dc.relationTobar, F. (1998). la salud como activo economico. Columna. Como producir salud, 54-55.
dc.relationTobar, F. (2001). ¿para qué sirve la economía de la salud? Gestión en salud, 32-43.
dc.relationUNESCO . (Noviembre de 2016). Estrategias de la UNESCO sobre la educacion para la salud y el Bienestar: contribucion a los objetivos de desarrollo sostenible . Obtenido de UNESCO : http://unesdoc.unesco.org/images/0024/002464/246453s.pdf
dc.relationUNESCO. (21 de mayo de 2015). objetivos, enfoques estrategicos, metas e indicadores . Educacion 2030. Declaración de Incheon . Incheon , Corea del Sur . Obtenido de UNESCO .
dc.relationUnited Nations Departament of Economic and Social Affairs. (3 de febrero de 2010). Demopedia. Recuperado el 17 de enero de 2018, de diccionario demografico multibilingue : http://es-ii.demopaedia.org/wiki/Enfermedades_epid%C3%A9micas
dc.relationUprimny, R. (12 de diciembre de 2005). El Bloque de Constitucionalidad en Colombia. Un análisis jurisprudencial y un ensayo de sistematización doctrinal. Obtenido de Dejusticia. Derecho. Justicia y Sociedad : https://www.dejusticia.org/wp-content/uploads/2017/04/fi_name_recurso_46.pdf
dc.relationUrueta Rojas , J. M. (2004). la dimension cuantitativa de la clausula del Estado Social social en Colombia . Estudios Sociojurídicos , 166-173.
dc.relationVall Casas, A., & Rodríguez Parada, C. (21 de diciembre de 2008). El derecho a la información del paciente : una aproximación legal y deontológica. Obtenido de BiD: textos universitaris de biblioteconomia i documentació, núm. 21 (desembre): http://bid.ub.edu/21/vall2.htm
dc.relationVega, D. V. (2016). La mala fe y el fraude en el derecho colombiano de seguros . Rev.Ibero-Latinoam.Seguros, 20-21.
dc.relationVega, D. V. (2016)). La mala fe y el fraude en derecho de seguros. Rev.Ibero-Latinoam.Seguros, 22-23.
dc.relationVilosio, J. O. (2009). Economia politica y salud. OCDE organizacion para la cooperación y el desarrollo económico, 282-286.
dc.relationZea, J. H. (2008). Introduccion a la economia de la salud en Colombia. Medellín : Universidad de Antioquia .
dc.relationZuñiga Fajuri , A. (2011). |el derecho a la vida y el derecho a la proteccion de la salud en la Constitucion: una relacion necesaria. Estudios constitucionales , 39-40.
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-597de 1993. Magistrado Ponente Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ. Quince (15) de diciembre de 1993.
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T- 760 de 2008. Magistrado Ponente Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA. Treinta y uno (31) de julio de dos mil ocho (2008)
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia SU- 225 de 1998. Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ. Veinte (20) de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998)
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia T-472 de 1992. Magistrado ponente. Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO. Veintitrés (23) días del mes de julio de mil novecientos noventa y dos (1992).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de inconstitucionalidad C-313 de 2014. Magistrado ponente. Dr. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO. Veintinueve (29) de mayo de dos mil catorce (2014).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-121 de 2015. Magistrado ponente Dr. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ. Veintiséis (26) de marzo de dos mil quince (2015).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-158 de 2010. Magistrado Ponente Dr. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA. Cinco (05) de marzo de dos mil diez (2010).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-959 de 2010. Magistrado Ponente Dr. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO. Veintiséis (26) de noviembre de dos mil diez (2010).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-533 de 1996. Magistrado Ponente Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO. Quince (15) del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis (1996).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-171 de 2003. Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL. Veinticuatro (24) de febrero de dos mil tres (2003).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-290 de1998. Magistrado Ponente Dr. FABIO MORON DIAZ. Cuatro (4) de junio de mil novecientos noventa y ocho (1998).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-271 de 2006. Magistrada Ponente Dra. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ. Cuatro (4) de abril de dos mil seis (2006)
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-196 de 2007. Magistrado Ponente Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA. Quince (15) de marzo de dos mil siete (2007)
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-325 de 2014. Magistrada Ponente Dra. MARÍA VICTORIA CALLE CORREA. Tres (3) de junio de dos mil catorce (2014).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-201 de 2009. Magistrada Ponente Dra. MARÍA VICTORIA CALLE CORREA. Tres (3) de junio de dos mil catorce (2014).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de inconstitucionalidad C-655 de 2003. Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL. Cinco (5) de agosto de dos mil tres (2003).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-062 de 2006. Magistrada Ponente Dra. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ. Dos (2) de febrero de dos mil seis (2006).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-948 de 2013. Magistrado Ponente Dr. JORGE IVÁN PALACIO PALACIO. Dieciocho (18) de diciembre de dos mil trece (2013).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de inconstitucionalidad C-463 de 2008. Magistrado Ponente Dr. JAIME ARAÚJO RENTERÍA. Mayo catorce (14) del dos mil ocho (2008).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de inconstitucionalidad C-111 de 2006. Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL. Veintidós (22) de febrero de dos mil seis (2006).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-520 de 2003. Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL. Veintiséis (26) de junio de dos mil tres (2003).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-618 de 2000. Magistrado Ponente Dr. ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO. Veintinueve (29) de mayo del dos mil (2.000).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-181 de 2004 Magistrado Ponente Dr. ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO. Veintinueve (29) de mayo del dos mil (2.000).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-158 de 2010 Magistrado Ponente: Dr. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA. Cinco (05) de marzo de dos mil diez (2010).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-517 de 2006 Magistrado Ponente Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA. Siete (7) de julio de dos mil seis (2006)
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-959 de 2010. Magistrado Ponente Dr. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO. Bogotá D.C. veintiséis (26) de noviembre de dos mil diez (2010).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-081 de 2016. Magistrado Ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO. Veintitrés (23) de febrero de dos mil dieciséis (2016).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-058 de 2016. Magistrado Ponente: LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ. Doce (12) de febrero de dos mil dieciséis (2016).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-325 de 2014. Magistrado Ponente: MARÍA VICTORIA CALLE CORREA. Tres (3) de junio de dos mil catorce (2014).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T 346 de 2014. Magistrado Ponente: NILSON PINILLA PINILLA. Cinco (5) de junio de dos mil catorce (2014).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-876 de 2014. Magistrado Ponente: JORGE IVÁN PALACIO. Dieciocho (18) de noviembre de dos mil catorce (2014).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-158 de 2010. Magistrado Ponente. Luis ERNESTO VARGAS SILVA. Cinco (05) de marzo de dos mil diez (2010).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-152 de 2006. Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL. Veintisiete (27) de febrero de dos mil seis (2006).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-517 de 2006. Magistrado Ponente Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA. Siete (7) de julio de dos mil seis (2006).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de tutela T-171 de 2003. Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL. Veinticuatro (24) de febrero de dos mil tres (2003).
dc.relationCORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia de inconstitucionalidad C-200 de 2002. Magistrado Ponente Dr. ÁLVARO TAFUR GALVIS. Diecinueve (19) de marzo de dos mil dos (2002).
dc.relationCORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Civil. Sentencia del dos (2) de julio de dos mil catorce (2014). Magistrado Ponente Ariel Salazar Ramírez. Sentencia Número (SC8435-2014) pág. 8. Copia tomada directamente de la Corporación el 30 de mayo de 2017.
dc.relationCORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de casación civil. Sentencia dos (2) de marzo de dos mil dieciséis (2016). Magistrada Ponente: Margarita Cabello Blanco. Sentencia No SC2506-2016. Página 9. Copia tomada directamente de la Corporación el 30 de mayo de 2017.
dc.relationCORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de casación Civil. Veinte cuatro de enero de 1994. Magistrado Ponente: Carlos Esteban Jaramillo Schloss. Expediente No. 4045. Copia tomada directamente de la Corporación el 30 de mayo de 2017.
dc.relationCORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de casación Civil. Sentencia del dos (2) de julio de dos mil catorce (2014). Magistrado Ponente: Ariel Salazar Ramírez. Expediente No. SC8435-2014. Copia tomada directamente de la Corporación el 30 de mayo de 2017.
dc.relationCÓDIGO DE COMERCIO. Titulo V. del contrato de seguro.
dc.relationLEY 389 DE 1997. Por la cual se modifican los artículos 1036 y 1046 del código de comercio. Diario oficial No. 43091. Veinte cuatro (24) de julio de 1997.
dc.relationLEY 35 DE 1993. Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades financiera, bursátil y aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público y se dictan otras disposiciones en materia financiera y aseguradora. Diario oficial No. No. 40.710, de 5 de enero de 1993.
dc.relationDECRETO 666 DE 1993. Estatuto Orgánico del sistema Financiero. Capitulo II. Parte XIII. Superintendencia Financiera. Dos (2) de agosto de 1993.
dc.relationDECRETO 666 DE 1993. Estatuto Orgánico del sistema Financiero. Capítulo XVII. Ejercicio ilegal de las actividades financieras y aseguradora. Parte III. Normas relativas al funcionamiento de las instituciones financieras. Superintendencia financiera. Dos (2) de agosto de 1993.
dc.relationDECRETO 666 DE 1993. Estatuto Orgánico del sistema Financiero. Capítulo I constitución. Parte III. Normas relativas al funcionamiento de las instituciones financieras. Superintendencia Financiera. Dos (2) de agosto de 1993.
dc.relationDECRETO 666 DE 1993. Estatuto Orgánico del sistema Financiero. Capítulo VI. Cesión de cartera de las sociedades de capitalización y entidades aseguradoras. Parte III. Normas relativas al funcionamiento de las instituciones financieras. Superintendencia Financiera. Dos (2) de agosto de 1993.
dc.relationCIRCULAR EXTERNA 007 DE 1996. Estatuto Orgánico del sistema financiero. Capitulo IX. Régimen patrimonial. Parte III. Normas relativas al funcionamiento de las instituciones financieras. Superintendencia Financiera. Dos (2) de abril de 1993.
dc.relationCIRCULAR JURÍDICA EXTERNA 007 DE 1996. Numeral 2.1.1. Capitulo II. Seguros y reaseguros. Titulo VI. Capitalización, seguros e intermediarios. Superintendencia financiera. Dos (2) de agosto de 1993.
dc.relationCONCEPTO INTERNO NO. 2014097500-004. Seguros, Pago por Capitación no conlleva ejercicio de actividad aseguradora. Superintendencia Financiera. Catorce (14) de enero de 2015.
dc.relationCONCEPTO NO. 2014087164-002. Seguros en salud, libertad contractual. Superintendencia Financiera. Once (11) de diciembre de 2014.
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas
dc.rightsDerechos Reservados - Universidad Militar Nueva Granada, 2018
dc.titleContenido y alcance de la salud en las pólizas de seguros de salud en la relación entre el Estado, afiliado y aseguradora
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis


Este ítem pertenece a la siguiente institución