dc.contributorHuerta Gutiérrez, Fausto Enrique
dc.creatorFernández Ospina, Luz Adriana
dc.creatorHernández Saldarriaga, Rubén Darío
dc.date.accessioned2022-05-18T17:17:48Z
dc.date.available2022-05-18T17:17:48Z
dc.date.created2022-05-18T17:17:48Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/10901/22525
dc.description.abstractEstablecer, en primer lugar, si las normas que regulan el régimen de carrera y prestacionales del nivel ejecutivo de la Policía Nacional determinan unas condiciones salariales inferiores a las normas de carrera y prestacionales de los agentes y suboficiales, pese a haber sido expedidas con posterioridad a estas, con lo cual se podría estar presentando una clara vulneración al derecho constitucional de no regresividad de los derechos laborales. Por otro lado, es importante tener en cuenta que se podrían estar vulnerando derechos fundamentales y que se encuentran amparados por la misma Constitución colombiana de 1991, como derecho al mínimo vital, a la igualdad, a la seguridad social, etc.
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dc.relationCALVO CH., N.J. (2013). “Aproximaciones conceptuales al principio de progresividad y no regresividad de los derechos constitucionales”. En: Revista Vis Iuris. N° 1. Vol. 1 (141-161). Enero-Junio. Santa Marta: Universidad Sergio Arboleda, Escuela de Derecho.
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dc.relationCONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA (1993). Ley 62. Por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República. Bogotá: Imprenta Nacional.
dc.relationCONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA (1995). Ley 180, Por la cual se modifican algunas disposiciones sobre la policía nacional y del estatuto para la seguridad social y se otorgan facultades extraordinarias al presidente para desarrollar la carrera policial denominada nivel ejecutivo. Bogotá: Imprenta Nacional.
dc.relationCONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA (1968). Ley 74. Bogotá: Imprenta Nacional.
dc.relationCONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA (2013). Sentencia de septiembre 20. Rad. 25000-23-42. Bogotá, D.C.
dc.relationCONSEJO DE ESTADO (2018). Sentencia 00543 de septiembre 03. C.P.: César Palomino Cortés.
dc.relationCONSEJO DE ESTADO (2017). Sentencia de septiembre 25. Rad. 25000-23-42- 000-2013-06738-01. C.P.: William Gómez Hernández.
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectRevisión
dc.subjectPrincipio constitucional de no regresividad
dc.subjectRégimen
dc.subjectNivel ejecutivo
dc.subjectPolicía Nacional
dc.titleRevisión del principio constitucional de no regresividad en el régimen de la carrera del nivel ejecutivo de la Policía Nacional


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