Importancia del principio de inmediación en los dos sistemas procesales penales vigentes en Colombia
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Autor
Betancourt Osorio, Laura Katherin
Perdomo Chaparro, Jenny Milena
García Prada, Diego Esaú
Institución
Resumen
En Colombia coexisten dos sistemas procesales penales para la justicia
ordinaria: el establecido por la Ley 600 de 2000 (Código de Procedimiento
Penal de tendencia inquisitiva), y el implementado por la Ley 906 de 2004
(Código de Procedimiento Penal del Sistema Oral Acusatorio), que tienen en
su aplicación diferencias marcadas dados sus orígenes.
De allí que esta reflexión busca resaltar la trascendencia de aplicar en
Colombia el principio de inmediación en el Sistema Penal Oral Acusatorio,
porque constituye una garantía para las partes (Acusado-Defensor-Fiscalía),
e intervinientes (Ministerio Público-víctimas y sus representantes), de que los
medios de conocimiento solicitados como pruebas en la audiencia
preparatoria serán practicados, controvertidos e incorporados al expediente
en la audiencia de juicio oral en presencia del Juez, y la sentencia, sea
absolutoria o condenatoria, se proferirá únicamente con base en esas
pruebas.
Precisamente, el principio de inmediación es trascedente dentro del
procedimiento penal acusatorio, toda vez que obliga –contrario a la Ley 600
de 2000, donde imperaba el principio de permanencia de la prueba– a que el
juez tenga un contacto directo con las pruebas lícitas que le permitan adquirir
un conocimiento sobre la responsabilidad penal de la persona acusada.