dc.contributorDe Quesada Varona, Josué Otto
dc.creatorJiménez Álvarez, Ángela María
dc.creatorHuertas Bello, Mónica Alejandra
dc.creatorQuintero Martínez, María Alejandra
dc.date.accessioned2019-10-30T15:59:10Z
dc.date.available2019-10-30T15:59:10Z
dc.date.created2019-10-30T15:59:10Z
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/10901/17674
dc.identifierUniversidad Libre
dc.identifierreponame: Repositorio Institucional Universidad Libre
dc.description.abstractConcebir el origen del desplazamiento forzado, su evolución a lo largo de los años es una tarea difícil; este trabajo es un recuento de la historia y el impacto que ha generado el desplazamiento forzado a raíz del conflicto armado en todo el territorio nacional. La iniciativa e importancia de esta investigación se debe a que Colombia es el segundo país en todo el mundo con los índices más altos de desplazamiento lo que indica que estamos viviendo este flagelo con mayor ocurrencia; así mismo es importante destacar la labor del gobierno, con la creación de políticas públicas que buscan la reparación integral de las víctimas y que los desplazados del país tengan los mismos derechos y gocen de todas las garantías para reducir la huella que ha dejado la violencia en nuestro país; por otra parte se busca indagar por las inconsistencias derivadas del mal manejo de esas políticas públicas al direccionar las ayudas a personas que nos son desplazadas y la incidencia que ello tiene en la sociedad afectada. La investigación se centra en el Municipio de Silvania/Cundinamarca ya que es un municipio que a pesar de ser tan cercano a la capital sufrió el fenómeno del conflicto armado en Colombia trayendo consigo una violencia generalizada convirtiéndose en un municipio receptor y expulsor de personas que fueron obligadas a abandonar sus hogares en la Década del noventa. Colombia es un país que tiene oportunidades de cambio, que busca que la historia no se repita y que los colombianos puedan vivir tranquilos, sin miedo y felices, por lo tanto, esta investigación se realiza con una conciencia crítica de la realidad de nuestra patria para que con ella podamos construir un mejor país, siendo líderes en los procesos que involucren las personas víctimas del desplazamiento forzado, proyectando soluciones y siendo guías en el proceso de transición. Por lo tanto, con la creación de políticas públicas encaminadas a la reparación integral de las víctimas, buscara la protección, reconocimiento y control de las mismas, ya que el Estado es el responsable de reparar las victimas mediante la implementación y aplicación de diferentes estrategias que deben ser creadas con este fin de manera responsable, consiente y eficiente evaluando todos los factores que afectan y vulneran los Derechos de estas personas para así asegurar una efectiva ejecución, protección y reparación, por medio las distintas entidades que no siempre garantiza la verdadera aplicación, ejecución y cumplimiento de estas políticas públicas que son medios de protección que tienen las víctimas; en otros casos las familias afectadas por este problema no pueden acceder a las ayudas que el gobierno ha ofrecido para contrarrestar este flagelo por diferentes factores como la falta de información acerca de estas políticas encaminadas a la reparación; desconociendo sus derechos y la oportunidad de mejorar su calidad de vida atreves de estas políticas públicas. Finalmente y por medio del estudio jurídico, jurisprudencial y doctrinal sobre el desplazamiento, podrá evidenciarse que hay una mayor protección de las personas que se encuentran en condición de desplazamiento, creando un impacto mayor y una protección total, es por esto que durante los últimos años se ha venido regulando y evolucionando el Derecho nacional a través de diferente normatividad siendo un tema esencial para distintos doctrinantes, que se han encargado del estudio profundo del desplazamiento, buscando su origen, causas y planteando distintas soluciones en los distintos territorios de nuestro país. Las altas cortes no se han quedado atrás y cada día se encuentran más pronunciamientos sobre este tema, cada día adquiere más importancia y mayor trascendencia, ya que se busca un camino hacia la paz, reparando a las víctimas y buscando soluciones claras para este fin, siendo totalmente trascendental la influencia de la corte interamericana de Derechos humanos, en los pronunciamientos de nuestras cortes, como es el caso del consejo de estado en materia de reparación. Sin embargo, la Corte Constitucional ha sido en muchas ocasiones un organismo precursor de los derechos de las víctimas de desplazamiento, no obstante, sus diferentes mandatos y conceptos enviados al gobierno han sido postergados por falta de presupuesto para su real ejecución. Esto ha llevado al desarrollo paulatino de las medidas de reparación integral consagradas en la Ley 1448, pero aun después del transcurso de varios años desde su promulgación los resultados han sido insuficientes y precarios. La población civil de las regiones afectadas por los enfrentamientos armados en Colombia sigue estando expuesta a actos de violencia como homicidios, tortura, amenazas, secuestros y reclutamientos forzados. Muchas personas se ven obligadas a huir y abandonar sus pertenencias. El conflicto también tiene graves consecuencias para quienes se quedan en su hogar ya que, por ejemplo, ven limitado su acceso a los servicios médicos o al suministro de agua” Comité internacional de la Cruz Roja. 2010) Para que una persona pueda acceder a las medidas de atención y reparación, debe: ostentar la declaración de los hechos, para lo cual La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas tiene un término de 60 días hábiles para apreciar y contestar las solicitudes para la inscripción al Registro Único de Víctimas, quien crea considerarse víctima del conflicto armado debe acudir a alguna de las oficinas de las Personerías Municipales, Defensoría del Pueblo o Procuraduría presentar la declaración en comento de los hechos que causaron su victimización, quienes. "Las víctimas de desplazamiento forzado que haya ocurrido antes del 10 de junio de 2011, cuentan con dos años para hacer su declaración, es decir, hasta el 11 de junio de 2013. Quienes lleguen a sufrir violaciones a sus derechos luego del 10 de junio de 2011, cuentan con dos (2) años para realizar sus solicitudes, contados a partir de la ocurrencia del hecho. Finalmente, si la solicitud es negada podrá interponerse el recurso de reposición y el de apelación." (Unidad de víctimas. 2018). La población civil, podrá encontrar barreras en este trámite, las cuales no podrán ser impedimento para dejar por fuera a las familias que tengan derecho a estas ayudas por parte del Estado, por lo que toma total trascendencia el derecho al acceso a la administración de justicia, el cual permite a las victimas acudir en escenarios de igualdad ante las autoridades competentes, para amparar su integridad, defensa y restitución de sus derechos e intereses, con la observancia al ordenamiento basado en los parámetros previstos en las leyes. Este privilegio que tenemos los Colombianos de exigir justicia, atribuye al estado la responsabilidad de que dicho servicio público y derecho sea cierto, teniendo que respetar, salvaguardar y reparar, en donde la administración de justicia tiene el adeudo de inhibirse de arrogar medidas que entorpezcan el acceso a la justicia. Así mismo nadie podrá obstruir el acceso a la administración del titular del derecho, con el fin de que el desplazamiento forzado se establezca como una afectación de carácter permanente, buscando de esta manera la reparación integral de las víctimas. La investigación presentada a continuación está compuesta por tres capítulos los cuales abordaran la problemática que lleva consigo las victimas de desplazamiento forzado por causa del conflicto interno que ha soportado Colombia, más específicamente el municipio de Silvania Cundinamarca. Respecto al Capítulo I tomamos como foco central el acceso a la administración de justicia, siendo ello un derecho de difícil camino para el reconocimiento de las víctimas del desplazamiento forzado en el Municipio de Silvania, así mismo, el Capítulo II busca estimar los límites jurídicos que ha determinado la Corte Constitucional para la reparación y resarcimiento de los derechos de las victimas vía administrativa. Para finalizar en el Capítulo III, indagamos sobre ciertos Programas de Reparación Integral y las limitantes que se hallan inmersos en ellos, instituidos por el Estado para las víctimas del Desplazamiento Forzado en Colombia.
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dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectAdministración de justicia
dc.subjectReparación de víctimas
dc.subjectDesplazamiento forzado
dc.titleLímites Jurídicos que obstaculizan el Acceso a la Administración de Justicia por vía administrativa, para la reparación de las víctimas del desplazamiento forzado.


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