Constitucionalismo transicional en Colombia: el derecho a la paz como un deber de construcción dialógica
Registro en:
9789585466678
Autor
Bonilla Montenegro, Julián Darío
Burbano Villamarín, Kenneth
Estupiñán Achury, Liliana
Gómez Isaza, María Cristina
Guzmán Rincón, Andrés Mauricio
Guzmán Gómez, Kimberly
Palomares García, Jorge Ricardo
Polack, Ana
Romo Ordóñez, Mateo
Institución
Resumen
A lo largo de las páginas de este libro, en varias de sus aportaciones se analiza exhaustivamente la singularidad de la “Jurisdicción Especial para la Paz” y su aportación decisiva como mecanismo para asegurar el derecho a la verdad de las víctimas y de toda la sociedad colombiana. Pero, ¿cómo construir “LA VERDAD” (en singular y con mayúsculas) en una sociedad plural con multitud de clivajes y narrativas en la que se parte de la existencia de “múltiples verdades” (en plural y con minúsculas)? Porque la verdad, como todos los hechos sociales y políticos, no viene dada sino que se construye. Se trata de un proceso complejo, de un ejercicio de democracia deliberativa en los términos de Habermas. Es a través del contraste y el debate público entre las distintas narrativas (las verdades), como será posible una contraposición que aísle a las narrativas extremas y manifiestamente insostenibles por no corresponderse con la realidad. Pero una vez pasada esta primera fase de depuración, de sedimentación de los discursos que haya logrado establecer qué sucedió (quién hizo qué y a quién), seguirán persistiendo diversas posiciones y relatos acerca de las causas del por qué sucedió. Y aquí entra en juego la multicausalidad que preside inevitablemente todos los fenómenos políticos y sociales. La realidad es poliédrica, y no todos los discursos atribuyen las cadenas de causalidad a los mismos hechos y, aun considerando la coincidencia en algunos factores causales, no necesariamente les atribuyen el mismo grado de responsabilidad. Es el momento, entonces, de entrar a una segunda fase o momento, de ver cuáles son los puntos en común que en cuanto a las causas (el por qué sucedió lo que pasó) permita establecer la posibilidad de elaborar un relato en el que haya acuerdo. Pero este relato no agota ni elimina la posibilidad y el derecho del matiz, la discrepancia y la diferencia de criterio…”