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Procesos constituyentes y cortes constitucionales: una perspectiva comparada
Fecha
2009Registro en:
Institución
Resumen
During the last third of the twentieth century, within a framework that could be labelled as ‘constitutionalism’s explosion,’ new constitutions were adopted in Spain, South Korea, and Colombia. It is noteworthy that all these new fundamental texts established Constitutional Courts. The comparative analysis of the constitutional processes which took place in these three countries, illustrates certain similarities and differences amongst them. Nevertheless, besides these similarities or differences, the argument is that at different places of the globe, far on location and somehow on time, and under specific circumstances of institutional crisis, three political societies and their leaders embraced the task of surpassing such crisis by the adoption of a new constitutional text or amendment of the existing one. In a particular way, the article tries to demonstrate that the establishment of constitutional courts in these countries implied the future validity of the constitutional consensus, as a way of success over the past crisis. Durante el último tercio del siglo XX, dentro de un marco que se podría calificar como de una explosión del constitucionalismo, nuevas constituciones fueron adoptadas en España, Corea del Sur y Colombia. Cabe destacar que estos nuevos textos fundamentales establecieron cortes constitucionales. El análisis comparado de los procesos constituyentes acaecidos en los tres países, que este artículo ofrece, ilustra ciertas diferencias y similitudes entre los mismos. No obstante, por encima de éstas y aquéllas, el argumento es que en diferentes partes del globo, muy distantes en lugar y algo en tiempo, y bajo circunstancias específicas de crisis institucional, tres sociedades políticas y sus respectivos líderes acometieron la tarea de superar dicha crisis a través de la adopción de un nuevo texto constitucional o la modificación del ya existente. De forma más particular, el artículo busca demostrar que el establecimiento de cortes constitucionales implicaba, en esos tres países, la vigencia a futuro del consenso constitucional como superación de la crisis pasada.