dc.contributorÁlvarez Salgado, José Fernando
dc.contributorRodríguez Venegas, Mario
dc.creatorBetancourt Castillo, José Iván
dc.date.accessioned2021-07-30T23:25:31Z
dc.date.accessioned2022-09-22T21:05:41Z
dc.date.available2021-07-30T23:25:31Z
dc.date.available2022-09-22T21:05:41Z
dc.date.created2021-07-30T23:25:31Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10554/55608
dc.identifierinstname:Pontificia Universidad Javeriana
dc.identifierreponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javeriana
dc.identifierrepourl:https://repository.javeriana.edu.co
dc.identifier.urihttp://repositorioslatinoamericanos.uchile.cl/handle/2250/3467065
dc.description.abstractLa excomunión implica una ruptura con los vínculos que unen al creyente a Cristo por medio de la Iglesia, pues pierde sus derechos como fiel, adquiridos por el Bautismo, hasta que sea verificada la cesación de su contumacia. Así pues, la excomunión no es una pena perpetua, cuyo tiempo depende de la conversión del reo, y en algunos casos de la prescripción, es decir, el tiempo que tiene la Iglesia para imponer la pena, como por ejemplo el aborto que prescribe a los cinco (5) años, ya que pasado este tiempo es improcedente la pena. Queda claro que el excomulgado sigue siendo miembro de la Iglesia, pues la huella del Bautismo es indeleble, pero dada la gravedad especial del delito cometido, es privado de la comunión de los fieles, lo que implica que no puede acceder a los sacramentos ni sacramentales, ni puede ejercer oficios eclesiásticos. La excomunión tiene su fundamentación bíblica, siendo un caso concreto el presentado en el Evangelio de San Mateo: «Si tu hermano llega a pecar, vete y repréndele, a solas tú con él. Si te escucha, habrás ganado a tu hermano. Si no te escucha, toma todavía contigo uno o dos, para que todo asunto quede zanjado por la palabra de dos o tres testigos. Si les desoye a ellos, díselo a la comunidad. Y si hasta a la comunidad desoye, sea para ti como el gentil y el publicano» (Mt. 18, 15 - 17). Ciertamente, aquí no se trata de la excomunión en sentido moderno como se conoce hoy, pero esta pena hunde sus raíces en el Evangelio mismo, el cual muestra un proceso, donde se inicia reprendiendo al fiel que pecado gravemente, hasta finalmente alejarlo de la comunidad de creyentes. El Señor Jesús, dio a la Iglesia la potestad de sancionar con penas a los fieles que cometen delitos, cuando afirma en el Evangelio: «Yo os aseguro que todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo» (Mt. 18, 18). La excomunión es la máxima pena de la Iglesia, la cual hace parte del sistema penal canónico, con el cual se busca mantener el orden eclesial, lo que favorece a la Iglesia en el cumplimiento de su misión, que es «la salvación de las almas como su ley suprema» (cfr. canon 1752). Para hablar de excomunión, es importante hablar de plena comunión, que son como los dos polos, pues si estar excomulgado es romper con todos los vínculos jurídicos eclesiales, estar en plena comunión es gozar de todos los vínculos jurídicos con la Iglesia. La plena comunión se realiza «por los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos, y del régimen eclesiástico» (cfr. canon 205), lo que lleva a afirmar que gran parte de los fieles no están en plena comunión con la Iglesia, pues los católicos practicantes, que viven estos tres elementos, no son todos los bautizados.
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana
dc.publisherMaestría en Derecho Canónico
dc.publisherFacultad de Derecho Canónico
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsDe acuerdo con la naturaleza del uso concedido, la presente licencia parcial se otorga a título gratuito por el máximo tiempo legal colombiano, con el propósito de que en dicho lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización. De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos. Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que, de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, "Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores", los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectExcomunión
dc.subjectIglesia
dc.subjectSalvación
dc.titleLa pena medicinal de la excomunión como herramienta de la iglesia para la salvación de las almas


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