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Comentario del fallo sobre la "aplicación de la convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Bosnia y Herzegovina v. Serbia y Montenegro)" del 26 de febrero de 2007, lista general no. 91 : genocidio y responsabilidad internacional del Estado
Autor
Arias Ladinez, Adriana Lucía
Coral Gómez, Laura Valentina
Deik Acostamadiedo, Carolina
Lossa Chamorro, Lorena Carolina
Vasquez Isaza, Martha Ligia
Institución
Resumen
El fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la “Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Bosnia y Herzegovina v. Serbia y Montenegro)” representa un hito en el ámbito internacional, por cuanto contiene el primer análisis que realiza ese cuerpo colegiado sobre la responsabilidad internacional de un Estado por el “delito” de Genocidio. Además, da luces sobre derechos y obligaciones que trascienden la teoría clásica de las relaciones interestatales, para adentrarse en la teoría de las obligaciones de medio como la de prevención del Genocidio. Sólo un estudio contextualizado del fallo revela lo reprochable de acudir a conceptos como “control total” para descartar la configuración del crimen en oportunidades en las cuales, acudiendo a los elementos del genocidio previamente delineados por la doctrina y jurisprudencia internacionales, fue innegablemente perpetrado. No obstante, no podemos desconocer el acierto de Corte al darle una mayor alcance a las obligaciones derivadas de la Convención contra el Genocidio, puesto que admite como sujeto activo no sólo al individuo sino también al Estado. Por eso, aunque la sala se quedó corta, el fallo es un asomo de innovación que probablemente conducirá, cuando el estado del arte lo permita, a fallos más justos.