Ejecutabilidad del laudo arbitral extranjero en Colombia cuando contraría una norma imperativa nacional
Registro en:
instname:Pontificia Universidad Javeriana
reponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javeriana
Autor
Alonso Puerto, Erika Tatiana
Institución
Resumen
El comercio como actividad económica de intercambio de mercancías y servicios ha tenido varias transformaciones con el fenómeno de la globalización debido a la necesidad de eliminar las barreras fronterizas y facilitar el tráfico mercantil a nivel mundial. Uno de los principales problemas en la adopción de decisiones arbitrales por los diferentes estados lo cual dio lugar a la creación de la “Convención sobre el Reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras” por la cual los países se obligaron a no someter a procedimientos rigurosos ni a limitaciones la adopción de las sentencias proferidas por árbitros internacionales. Lo anterior lleva a plantear ciertos interrogantes: ¿Puede un laudo arbitral foráneo contrariar una norma imperativa colombiana? ¿Qué requisitos debe contener una decisión arbitral para que sea eficaz en Colombia? Teniendo en cuenta el desarrollo jurisprudencial y normativo, debe concluirse que en nuestro país la ejecución del Laudo no puede denegarse por parte de los Tribunales Colombianos por el simple hecho de ir en contra o haber desconocido una norma imperativa colombiana, ya que per se ello no supone la violación a una norma de orden público desde el punto de vista restrictivo.