dc.contributorDuque Estévez, Daniel
dc.creatorValera Carreño, Andrés Felipe
dc.creatorLópez Vásquez, Julián
dc.date.accessioned2019-02-28T00:01:50Z
dc.date.accessioned2020-04-15T14:00:30Z
dc.date.available2019-02-28T00:01:50Z
dc.date.available2020-04-15T14:00:30Z
dc.date.created2019-02-28T00:01:50Z
dc.date.created2020-04-15T14:00:30Z
dc.identifierhttp://hdl.handle.net/10554/41148
dc.identifierinstname:Pontificia Universidad Javeriana
dc.identifierreponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javeriana
dc.identifierrepourl:https://repository.javeriana.edu.co
dc.description.abstractLos Convenios de Doble Imposición (en adelante “CDI”) tiene como objetivo distribuir la capacidad impositiva de los Estados sobre sus residentes fiscales, para lo cual establecen diferentes reglas dependiendo de la naturaleza de dichas rentas, por ejemplo, rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, dividendos, entre otros. El pasado 25 de junio del 2015, el gobierno nacional y el gobierno francés suscribieron el “Convenio para evitar la doble tributación y prevenir la evasión y la elusión fiscal con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su protocolo"" (en adelante “CDI con Francia”). Para entrar en vigor y tener plenos efectos jurídicos entre las partes, el CDI con Francia debe cumplir con el procedimiento de ratificación previsto en la Constitución Política colombiana, así como el procedimiento que corresponda según la legislación francesa. En lo que tiene que ver con regalías, anteriores CDI suscritos por Colombia clasifican dentro de este concepto los servicios de asistencia técnica, servicios técnicos y consultoría. Sin embargo, el CDI con Francia no hizo referencia a estos tres servicios, lo que aparentemente significaría una “reclasificación” en la naturaleza de estas rentas, pues ahora pasarían a ser utilidades empresariales de acuerdo al artículo 7 del CDI. De ser así, podría existir un cambio en el tratamiento tributario de dichos servicios de cara a la Cláusula de la Nación más Favorecida (en adelante “CNMF”) prevista en varios CDI de la red de tratados de Colombia, por lo que eventualmente la retención aplicable sobre el impuesto de renta por estos conceptos podría ser del 0% y no del 10% actual.
dc.languagespa
dc.publisherPontificia Universidad Javeriana
dc.publisherEspecialización en Derecho Tributario
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
dc.rightshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightsDe acuerdo con la naturaleza del uso concedido, la presente licencia parcial se otorga a título gratuito por el máximo tiempo legal colombiano, con el propósito de que en dicho lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización. De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos. Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que, de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.subjectCláusula de la nación más favorecida
dc.subjectTratado de doble imposición
dc.subjectServicios técnicos
dc.subjectImpuesto sobre la renta
dc.subjectRetención en la fuente
dc.titleAplicación de la Cláusula de la Nación más favorecida (CNMF) pactada en el Convenio de Doble Imposición (CDI) suscrito con Francia en relación con los servicios de asistencia técnica, servicios técnicos y consultoría


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