dc.creatorNavarrete Peláez, María Cristina
dc.date.accessioned2011-10-10T15:03:11Z
dc.date.available2011-10-10T15:03:11Z
dc.date.created2011-10-10T15:03:11Z
dc.date.issued2011-10-10
dc.identifierhttps://hdl.handle.net/10893/994
dc.description.abstractLa mayoría de los teólogos y gente del común, de los siglos XVI y XVII, consideraban la esclavitud posible y aceptable. La legislación respecto a la esclavitud es más antigua que la entrada masiva de africanos al Nuevo Mundo. Data de las Siete Partidas de Alfonso el Sabio, promulgadas en el siglo XIII. El derecho indiano metropolitano y el provincial americano emitieron ordenanzas para satisfacer las necesidades legales de la población negra. El esclavo fue considerado un objeto de propiedad, como tal estuvo sometido a las transacciones comerciales propias de los bienes inmuebles. A la vez fue considerado como un ser racional con alma a quien no se pudo despojar de su ser espiritual. El esclavo buscó maneras para aprovechar la ley en su propio beneficio. La ley consideraba posible el derecho a la libertad.
dc.languagees
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectEsclavitud
dc.subjectLegislación
dc.subjectDerecho indiano
dc.subjectCódigo
dc.subjectAhorrío
dc.subjectLibertad
dc.subjectSujeto de derecho
dc.subjectObjeto sui generis
dc.titleConsideraciones en torno a la esclavitud de los Etíopes y la operatividad de la Ley, siglos XVI y XVII.
dc.typeArtículo de revista


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